Un juzgado mercantil de Barcelona ha condenado a una empresa del sector del embalaje a pagar más de 63.000 euros a Danone por los daños derivados del conocido como cártel del cartón, a pesar de que la Audiencia Nacional anuló en 2019 las sanciones impuestas en su día por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
La sentencia, fechada el pasado 1 de abril, estima parcialmente la demanda presentada por la multinacional francesa contra Grupo Petit, empresa dedicada a la fabricación de embalajes de cartón. El fallo obliga a la compañía a abonar 63.164,71 euros en concepto de daños y perjuicios por prácticas anticompetitivas.
Un cártel que marcó al sector
El origen del caso se remonta a junio de 2015, cuando la CNMC impuso multas por valor de 57,7 millones de euros a 18 empresas del sector del papel, cartón ondulado y embalajes, además de a la patronal. Según el organismo, estas compañías pactaron precios y se repartieron clientes entre 2008 y 2013.
Sin embargo, la Audiencia Nacional anuló las sanciones en 2019 al considerar que el procedimiento había caducado cinco días antes de que se notificaran las multas.
La justicia reconoce la infracción
A pesar de esa anulación, el juzgado mercantil considera acreditado que existió una infracción del derecho de la competencia durante esos años. Según la resolución, las empresas implicadas utilizaron de forma generalizada el índice de precios del papel (PPI) como referencia en sus negociaciones, dentro de una estrategia coordinada.
El fallo subraya que estas prácticas colusorias vulneraron tanto la normativa europea como la legislación española de defensa de la competencia.
Indemnización menor de lo reclamado
Danone defendía que había adquirido envases de cartón por valor de unos 197 millones de euros durante el periodo afectado, soportando un sobrecoste estimado del 8,65 %. Por ello, reclamaba una indemnización de más de 205.000 euros.
No obstante, el juzgado ha reducido considerablemente la cuantía al entender que los informes periciales no acreditan con precisión el perjuicio económico real sufrido por la compañía.
Puerta abierta a nuevas reclamaciones
Más allá de la cifra final, la sentencia tiene un impacto relevante: abre la puerta a que otras empresas afectadas por el cártel del cartón puedan reclamar indemnizaciones, incluso aunque las sanciones administrativas fueran anuladas.
Este tipo de resoluciones refuerza la vía civil como herramienta para resarcir daños derivados de prácticas anticompetitivas.