A partir de este miércoles, 12 de agosto, las empresas deben aplicar el nuevo reglamento de envases de la Unión Europea (UE).
Se trata de una normativa que pretende favorecer su reutilización, la reducción de los residuos y que en el ámbito de la alimentación y de las bebidas marca un antes y un después, además de restringir sustancias preocupantes para la salud.
Finalizado el periodo de adaptación
La fecha es un hito porque se acaba el plazo de adaptación para aplicar el Reglamento de Envases y Residuos de Envases, que técnicamente entró en vigor en febrero de 2025 y que introduce múltiples requisitos para avanzar hacia una economía circular.
Entre sus principales cambios, destacan la obligatoriedad en todos los países de la UE de aplicar los mismos criterios, requisitos para promover el rellenado y reciclado, un sistema de envasado retornable y un sinfín de plazos y calendarios. Se restringen los formatos de envases innecesarios o excesivos -también los de comercio electrónico- y el espacio vacío en los paquetes. La normativa va dirigida a las empresas, de los eslabones productores, fabricantes, importadores y distribuidores.
Novedades de reciclaje
El reglamento obliga a la reciclabilidad de envases clasificando su calidad en tres niveles: A (un mínimo del 95% de sus materiales), B (entre 80 y 95%) y C (entre 70 y 80%), aunque a partir de 2038 solo se admitirán aquellos con al menos el 80% de material reciclado.
Las tarifas por comercializar productos de embalaje se basarán en esas calificaciones: cuanto más reciclable sea, menor será la aportación económica. También incluye restricciones para envases de plástico de un solo uso -como las frutas y verduras frescas de menos de 1,5 kilogramos- y nuevas directrices de diseño.
Prohibiciones de químicos
Las modificaciones a la cantidad de PFAS sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) figuran entre las obligaciones que más afectan a la alimentación, la restauración o el comercio electrónico de productos frescos.
A partir del 12 de agosto no se podrán introducir en el mercado envases en contacto con alimentos que contengan PFAS en concentraciones iguales o superiores a 25 ppb para cualquier PFAS individual medido con análisis específicos, o 250 ppb para la suma de PFAS. Esto afecta a vasos de papel con recubrimientos fluorados, cajas de pizza o a envases de comida para llevar.
Algunos plazos destacables
Entre los plazos destacados, dentro de dos años (2028) todos los envases deberán incorporar información clara sobre materiales y porcentaje reciclado y, en el caso de los reutilizables, un sistema de información -código QR u otro soporte digital- que explique cómo retornarlos.
Para envases en contacto con alimentos, los niveles mínimos de plástico reciclado que exige la norma son, en el caso del PET de un 30% en 2030 y para otros plásticos del 10%; después aumentarán progresivamente hasta 2040. En 2030 entra también en vigor la prohibición de monodosis de plástico de un solo uso en la hostelería.
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