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La DGT cambia la norma: estos vehículos tendrán que pasar la ITV dos veces al año

La nueva instrucción matiza los plazos de inspección aplicables, que varían en función de si se trata de autocaravanas (vehículos de categoría M) o de furgones vivienda

Juan Manuel Del Olmo

Una familia en una autocaravana / MAGNIFIC

Cada vez más personas deciden comprar o alquilar una autocaravana o una camper. Hace tiempo que dejó de ser algo puramente contracultural o hippie para convertirse en una opción vacacional (y de estilo de vida) casi mainstream, impulsada, especialmente desde la pandemia, por el deseo de flexibilidad, el contacto con la naturaleza, el auge del teletrabajo y el encarecimiento de los hoteles.

Según los datos que maneja la Dirección General de Tráfico (DGT), en España ya hay 137.000 autocaravanas matriculadas, lo que supone que, en solo una década, su número prácticamente se ha triplicado. En cuanto a las revisiones, los plazos para la Inspección Técnica de estos vehículos varían en función de si se trata de autocaravanas o de furgones vivienda. 

Instrucción sobre autocaravanas

Ahora, la DGT publica la Instrucción PROT 2026/04 sobre autocaravanas, la cual es una actualización de la publicada en 2023 sobre este mismo tema.

Una persona en una camper / MAGNIFIC

La nueva instrucción matiza los plazos de inspección aplicables, que varían en función de si se trata de autocaravanas (vehículos de categoría M) o de furgones vivienda, o más coloquialmente, “camperizados”, (vehículos de categoría N).

Qué dice la nueva normativa

La nueva directriz regula de forma específica la periodicidad de la ITV para estos vehículos, estableciendo los siguientes plazos en función del modelo:

  • Autocaravanas: Exentas hasta los 4 años. Entre los 4 y los 10 años de antigüedad, la revisión será cada dos años. A partir de los 10 años, la inspección se vuelve anual.
  • Furgones vivienda (camperizadas): Hasta los 10 años de antigüedad, deben pasar la ITV anualmente. Superada la década, la frecuencia pasa a ser semestral.

Además, otra novedad es la entrada en vigor de la nueva señal S-128. Su función es avisar de la presencia de un “Punto de vaciado de caravanas y autocaravanas”, es decir, un lugar de vaciado de aguas residuales para este tipo de vehículos.