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La huelga general será el 11 de noviembre: qué derechos tienes

El derecho a huelga está protegido legalmente y reconocido de manera explícita en la Constitución, concretamente en el artículo 28.2

Juan Manuel Del Olmo

Manifestación por la Vivienda en Madrid / EUROPA PRESS - ANANDA MANJÓN

La huelga general por la crisis de la vivienda convocada por CCOO, UGT y el Sindicato de Inquilinas tendrá lugar el próximo 11 de noviembre. El objetivo es reivindicar salarios dignos y denunciar la imposibilidad de disponer de un hogar que sufren millones de personas.

Las centrales sindicales dieron este paso tras el rechazo en el Congreso de los Diputados, el pasado viernes, a los reales decretos-leyes sobre vivienda. Estas normas fueron aprobadas el martes por el Consejo de Ministros con algunas modificaciones.

La primera huelga general desde 2012

Se trata de la primera huelga general que convocan CCOO y UGT desde 2012 y, por tanto, la primera de la era Pedro Sánchez. Desde que el líder socialista llegó al poder en 2018, el malestar por la vivienda se ha disparado: ha pasado de ser la decimosexta preocupación de los españoles, según el barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), a ocupar el primer puesto.

Manifestación en Logroño / EUROPA PRESS

Algunos sindicatos, como CSIF, ya han manifestado que no secundarán este paro general, en el que ven "indicaciones políticas". Por su parte, el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ha denunciado que no es una huelga general que responda a motivos laborales y que podría ser ilegal. En la misma línea, la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), principal patronal del transporte de mercancías por carretera en España, considera que la huelga general prevista para el próximo 11 de noviembre está "injustificada".

Derecho a huelga

El derecho a huelga está protegido legalmente y reconocido de manera explícita en la Constitución, concretamente en el artículo 28.2. Ninguna empresa puede impedir a un trabajador sumarse a una huelga, si bien existen ciertas matizaciones legales, como el deber de garantizar los servicios mínimos esenciales para la comunidad (algo que afecta a los sectores de Sanidad, Educación, transporte público, servicios de emergencias y protección civil, servicios eléctricos, administraciones públicas y Justicia, telecomunicaciones, Infraestructuras y carreteras) y el respeto a la libertad de trabajo de quienes decidan no secundarla.  

En la práctica, ejercer este derecho tiene un impacto directo en el bolsillo: la empresa no paga las horas o días de huelga. La nómina se reduce de forma proporcional al tiempo no trabajado.

Trabajadores en una oficina / MAGNIFIC - drobotdean

Qué deben hacer los trabajadores

Por otra parte, ningún trabajador está obligado a anunciar si va a hacer huelga, y de hecho puede decidirlo el mismo día. "Si la empresa sabe quiénes no van a hacer huelga, se deben designar a esas personas para cubrir los servicios mínimos y dejar libres a quienes sí quieren secundarla”, ha explicado a El País el abogado laboralista Pedro Álvarez del Río, de Lexway Abogados. 

“Hay empresas que, tras una huelga, sancionan al empleado que ha participado en ella, realizan cambios injustificados de turno o de horario o adoptan otras medidas perjudiciales. El trabajador puede impugnar ante los tribunales por vulneración de un derecho fundamental”, recoge el citado medio. 

Despidos

El despido por hacer huelga es ilegal, ya que vulnera un derecho fundamental. La excepción es que el trabajador cometa actos ilícitos graves durante la huelga (violencia, coacciones o sabotajes).

"En un juicio por despido corresponde a la empresa probar la veracidad de los hechos contenidos en la carta. No es el trabajador quien debe demostrar su inocencia frente a una acusación genérica", explica en su página web Català Reinón Abogados.

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