La Campaña de la Renta y Patrimonio 2025 arranca este miércoles, 8 de abril de 2026, con la apertura del plazo para presentar la declaración por internet. La Agencia Tributaria pone en marcha así uno de los procesos fiscales más importantes del año, que se extenderá hasta el próximo 30 de junio.
A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber para presentar tu declaración correctamente, evitar errores y aprovechar las novedades fiscales de este ejercicio.
Calendario de la Renta 2025: fechas que no puedes olvidar
La Agencia Tributaria ha establecido distintos plazos en función de la vía que elijas para presentar tu declaración. Toma nota de estas fechas clave que se extenderán hasta el 30 de junio de 2026:
-
8 de abril: Inicio de la campaña. Ya puedes presentar la declaración online a través del servicio Renta WEB.
-
6 de mayo al 30 de junio: Presentación por teléfono. (El plazo para pedir cita previa telefónica es del 29 de abril al 27 de junio).
-
1 de junio al 30 de junio: Presentación presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. (Podrás solicitar cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).
-
25 de junio: Último día para presentar declaraciones con resultado a ingresar que quieran domiciliarse en cuenta.
-
30 de junio: Fin definitivo de la Campaña de la Renta 2025.
¿Quién está obligado a presentar la declaración este año?
No todo el mundo tiene que rendir cuentas ante Hacienda. Estás obligado a presentar el IRPF si cumples con alguno de estos requisitos:
-
Rentas del trabajo: Si has cobrado más de 22.000 euros de un solo pagador, o más de 15.876 euros si has tenido dos o más pagadores.
-
Autónomos: Todas las personas dadas de alta como trabajadores por cuenta propia (RETA) o en el Régimen de Trabajadores del Mar en cualquier momento del año.
-
Ingreso Mínimo Vital (IMV): Tanto los titulares del IMV como todos los integrantes de su unidad de convivencia.
Una gran excepción: Tras la reciente convalidación del real decreto-ley de revalorización de pensiones en el Congreso, los beneficiarios de prestaciones por desempleo finalmente NO tendrán la obligación de presentar la declaración.
Principales novedades de la Renta 2025
El marco estatal se mantiene estable, pero esta campaña trae actualizaciones importantes y nuevas casillas a las que debes prestar atención:
Cambios para autónomos y artistas
Los trabajadores por cuenta propia encontrarán dos nuevas casillas para reflejar las regularizaciones de cotizaciones en estimación directa. También se amplía el desglose para el sector agrícola y se habilitan apartados para minorar la devolución de subvenciones. Además, se añade una reducción para rendimientos de actividades artísticas obtenidos de forma excepcional.
Inversiones, ETFs y criptomonedas
Si inviertes, atento: se modifica el último tramo de la base liquidable del ahorro. El tipo marginal máximo estatal para rentas superiores a 300.000 euros pasa del 14% al 15% (y sube al 30% para residentes en el extranjero). Además, se estrenan apartados específicos para declarar ganancias por ETFs y Sicavs, facilitando el volcado automático de datos, y casillas diferenciadas para los premios con y sin fines publicitarios.
Mejoras en Renta WEB
El programa ahora calcula automáticamente el rendimiento mínimo de los arrendamientos a familiares. También incorpora un nuevo sistema de avisos para identificar si los ascendientes o descendientes (con rentas entre 1.800 y 8.000 euros) están obligados o no a declarar, evitando así errores y futuras liquidaciones.
Deducciones: sostenibilidad y rentas bajas
Se mantienen los jugosos incentivos fiscales para la compra de vehículos eléctricos y reformas de eficiencia energética. Como gran novedad social, se incorpora una nueva deducción para las rentas más bajas para amortiguar el efecto de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (16.576 euros).
Cómo pagar si la declaración te sale "a devolver"
Si el resultado es a ingresar, Hacienda ofrece múltiples facilidades. Podrás pagar mediante domiciliación bancaria, cargo en cuenta, Número de Referencia Completo (NRC), tarjeta de crédito/débito o mediante transferencias instantáneas como Bizum, siempre bajo plataformas de comercio electrónico seguro.
El año pasado, la Agencia Tributaria devolvió más de 13.094 millones de euros a 15,6 millones de contribuyentes. No dejes tu borrador para el último día y asegúrate de aplicar todas las deducciones a las que tienes derecho.