La distribuidora de Endesa, E-Distribución Redes Digitales SLU, tendrá que indemnizar a un cliente con más de 1.300 euros por los daños que una subida de tensión provocó en varios electrodomésticos de su vivienda.
El Tribunal de Instancia de La Carolina (Jaén) ha dado la razón al consumidor, defendido por el organismo Facua Jaén, tras negarse inicialmente la compañía a asumir el coste de las reparaciones y de los aparatos que tuvo que sustituir.
Los daños en los electrodomésticos
El afectado, Diego, vecino de Guadalén (Jaén), recibió en septiembre de 2024 un SMS de E-Distribución en el que la compañía informaba de una avería en la red eléctrica provocada por un “cable de neutro sulfatado y quemado en caja de reparto” y advertía de que podía haber “posibles daños a clientes”.
El consumidor comprobó entonces el estado de los aparatos de su vivienda y descubrió que la incidencia había provocado daños en su lavadora, otros electrodomésticos y numerosas bombillas. En total, tuvo que desembolsar 1.327 euros entre reparaciones y la compra de nuevos aparatos. Además, según la documentación del caso, la empresa encargada de comprobar los daños y reparar la instalación confirmó que los desperfectos estaban relacionados con la alteración del suministro eléctrico.
E-Distribución se negó a pagar los daños
Una vez que hubo reparado y sustituido los aparatos afectados, Diego reclamó a E-Distribución que se hiciera cargo del dinero que había tenido que gastar. La respuesta de la compañía fue negativa. La distribuidora alegó que “no puede considerarse responsable de los posibles inconvenientes que hayas podido sufrir”, pese a que previamente había comunicado al consumidor la existencia de una avería en la red y había advertido de que podía haber clientes afectados.
Ante la negativa, Diego decidió acudir a Facua para reclamar el importe de los daños. La asociación trasladó la reclamación a E-Distribución y recordó que la propia compañía había reconocido la avería que había provocado la alteración del suministro. Facua también fundamentó su reclamación en el artículo 105 del Real Decreto 1955/2000, que establece que los consumidores pueden reclamar la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados por un incumplimiento de la calidad exigible al suministro eléctrico.
Endesa sólo ofreció 560 euros
La distribuidora no aceptó inicialmente pagar los 1.327 euros reclamados. Su propuesta se limitó a 560 euros, una cantidad muy inferior al coste que el consumidor había acreditado por las reparaciones y sustituciones. Facua decidió entonces acudir a la Delegación Territorial de la Consejería de Industria, Energía y Minas para reclamar que E-Distribución abonara la totalidad de los daños.
Sin embargo, la Administración comunicó que no tenía competencia para determinar quién debía asumir la responsabilidad por los daños ocasionados en instalaciones, equipos eléctricos u otros bienes como consecuencia de alteraciones en la calidad del suministro, entre ellas las variaciones de tensión. La Administración señaló que el consumidor debía acudir a la vía judicial para resolver la disputa.
La Justicia da la razón al consumidor
Facua acompañó finalmente a Diego durante el procedimiento judicial. La jueza Marta Cuadros Solas, titular del Tribunal de Instancia de La Carolina, ha dado la razón al consumidor y ha condenado a E-Distribución a indemnizarle. La sentencia considera que existe una “obligación de indemnizar civilmente a cargo de la distribuidora” cuando se produce una alteración del suministro eléctrico imputable a la compañía y esta provoca daños a un consumidor.
El fallo considera además que en este caso están acreditados “la alteración, el daño y el nexo causal entre uno y otro”. Por ello, concluye que la responsabilidad de la empresa es exigible y que no se ha demostrado que la avería no fuera imputable a la distribuidora.
La compañía deberá abonar al afectado 1.327 euros, correspondientes a los daños acreditados, además de los intereses legales generados desde la primera reclamación extrajudicial. E-Distribución también tendrá que asumir las costas del procedimiento judicial. En la práctica, la cantidad total a percibir por el consumidor supera los 1.327 euros debido a esos intereses y conceptos asociados a la condena.
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