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Los expertos avisan: no es lo mismo allanar la residencia habitual que okupar una casa deshabitada

Los abogados explican las diferencias entre lo que supone entrar sin permiso en una vivienda que es residencia habitual y en una que está deshabitada

Una persona intenta allanar la residencia habitual de un propietario para okupar su vivienda / FREEPIK
Una persona intenta allanar la residencia habitual de un propietario para okupar su vivienda / FREEPIK

No es lo mismo entrar sin permiso en una casa que es residencia habitual que okupar de manera ilegal una vivienda deshabitada, según los expertos del despacho Marín & Mateo Abogados, que recomiendan “poner los medios para evitar que la vivienda dé indicios de estar vacía”.

En el primer trimestre de 2023, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado registraron 3.898 denuncias por okupación, un 11% menos que el año pasado. Por otro lado, el Consejo General del Poder Judicial ingresó 71 juicios verbales posesorios por okupación ilegal, un 19,9% menos que en el mismo periodo de 2022. 

Allanamiento versus okupación

“Mientras que en el allanamiento el bien jurídico protegido es la inviolabilidad del domicilio, lo que se protege con la usurpación es la propiedad privada”, revela María Chantal Nieto, abogada del citado despacho.

Un ladrón entra en una casa / FREEPIK
Un ladrón entra en una casa / FREEPIK

“No es lo mismo que irrumpan en tu residencia habitual y que okupen de manera ilegal una vivienda deshabitada”, insiste Nieto, quien explica que la Constitución especifica que “el domicilio es inviolable”. Así, nuestro ordenamiento jurídico “persigue a cualquiera que entre sin consentimiento, imponiendo penas que van de los seis meses a los cuatro años, en función de si hubo o no intimidación o violencia”.

Denuncia inmediata

Si se produce una okupación, el primer consejo que da Nieto es “ponerse en contacto con un abogado penalista para saber cómo proceder, evitando cualquier confrontación, así como amenazas o coacciones, manteniendo la calma”. En este sentido, no se pueden adoptar medidas como dar de baja los suministros, pues “podríamos enfrentarnos a posibles multas, e incluso, penas de prisión”.

“Es importante interponer cuanto antes la denuncia correspondiente, presentando la documentación que atestigüe la titularidad de la vivienda”, añade Nieto. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) señala que en 2022 se contabilizaron 2.785 juicios verbales posesorios ingresados por okupación ilegal de viviendas, un 19,9% menos que en 2021. La tendencia a la baja ha continuado en el primer trimestre de 2023, con 71 ingresos, un 26,8% menos que hace un año.

Más seguridad

Como medidas preventivas, “es esencial instalar medidas de seguridad, desde alarmas hasta cámaras de videovigilancia, pasando por rejas o puertas acorazadas”, enumera la abogada, que apela también a la colaboración vecinal: “Hay que pedir a nuestros vecinos que nos avisen si detectan algo anormal”, indica Nieto.

Una alarma para el hogar / UNSPLASH
Una alarma para el hogar / UNSPLASH

Igualmente, resulta útil “no dar pistas de que la vivienda está vacía, como publicar en redes sociales que nos vamos de vacaciones o dejar que la correspondencia se acumule en el buzón”, concluye la portavoz de Marín & Mateo Abogados.

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