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La EASA desaconseja volar a Oriente Próximo: ¿Qué derechos tengo si cancelan mi vuelo?

Las aerolíneas no están obligadas a indemnizar por motivos bélicos pero sí deben reubicar o devolver el billete y prestar asistencia a los pasajeros bloqueados en los territorios afectados

Ana Siles

Paneles en un aeropuerto / EUROPA PRESS - MATIAS CHIOFALO

La Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) ha prorrogado hasta el 6 de marzo su recomendación a las aerolíneas de no operar en Oriente Próximo tras los ataques de Estados Unidos e Israel sobre Irán. 

La agencia ha actualizado este lunes, 2 de marzo, el Boletín de Información sobre Zonas de Conflicto (CZIB) que había emitido el pasado 28 de febrero ante el deterioro de la situación en la región. El aviso afecta a los espacios aéreos de Bahréin, Irán, Irak, Israel, Jordania, Kuwait, Líbano, Omán, Qatar, Emiratos Árabes Unidos y Arabia Saudí

¿Tengo derecho a indemnización por cancelación?

Cuando una aerolínea cancela un vuelo por el cierre del espacio aéreo debido a un conflicto armado, la situación se considera, en principio, una circunstancia extraordinaria. Aunque el Reglamento (CE) 261/2004 no menciona expresamente la guerra, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que los hechos ajenos al control de la compañía y no inherentes a la actividad aérea pueden encajar en esta categoría.

Viajeros en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas, a 19 de diciembre de 2025 / Gabriel Luengas - EP

Esto implica que las aerolíneas quedan exentas del pago de compensaciones económicas automáticas por cancelación. Sin embargo, esa exención no elimina sus obligaciones esenciales con los pasajeros, que siguen plenamente vigentes pese al contexto bélico o a las restricciones de seguridad.

Reubicación o reembolso: obligaciones que no desaparecen

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que, incluso en escenarios de guerra, las compañías deben ofrecer una alternativa real y efectiva. El pasajero puede optar entre ser reubicado en el primer vuelo disponible hacia su destino final, sin coste adicional, o solicitar el reembolso íntegro del billete.

Además, mientras espera una solución, tiene derecho a asistencia: alojamiento si es necesario pernoctar, así como comidas y refrescos suficientes en función del tiempo de espera. Estas obligaciones no pueden suspenderse ni siquiera por el cierre temporal del espacio aéreo por motivos de seguridad.

Cancelar por iniciativa propia: un riesgo añadido

Las asociaciones de defensa del pasajero advierten de que cancelar el vuelo por decisión propia puede tener consecuencias económicas. Si el viajero anula su billete mientras el vuelo sigue oficialmente operativo, el reembolso dependerá de las condiciones de la tarifa contratada o de la política comercial de la aerolínea.

Pasajeros en un avión / EUROPA PRESS

Plataformas como Flightright insisten en que, si la compañía cancela, el pasajero debe reclamar activamente el reembolso y conservar toda la documentación del vuelo y las comunicaciones recibidas. En la misma línea, Reclamador.es recomienda no precipitarse salvo que se disponga de un seguro de cancelación específico o de una tarifa flexible, ya que anular el viaje antes de tiempo puede impedir acogerse después a los derechos derivados de una cancelación oficial.