El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado el despido disciplinario de una comercial de Renfe que se apropió de indemnizaciones no reclamadas por pasajeros del AVE afectados por retrasos. Según la sentencia, la trabajadora llegó a embolsarse cerca de 2.000 euros mediante este sistema mientras desempeñaba su labor en la estación de Santa Justa, en Sevilla.
La resolución judicial, fechada el 17 de diciembre, desestima el recurso presentado por la empleada contra la sentencia dictada en febrero de 2023 por el Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla, que ya había declarado procedente el despido.
Un fraude detectado tras la reclamación de un pasajero
Los hechos se produjeron entre el 31 de diciembre de 2019 y el 21 de enero de 2020. Durante ese periodo, una misma persona solicitó varias indemnizaciones por retrasos de trenes de alta velocidad y recibió un total de 1.994,8 euros.
Al analizar las retiradas de efectivo, los servicios de control detectaron que había sido la propia comercial quien había realizado los cobros, pese a que no tenía autorización ni formaba parte de sus funciones. La investigación interna se inició después de que un pasajero reclamara una indemnización y la compañía comprobara que el dinero ya había sido abonado. A partir de ahí se revisaron las operaciones y se detectó el fraude.
Cómo actuaba la empleada
La sentencia describe un método planificado. La trabajadora utilizaba las claves de compañeros autorizados para detectar billetes con posibilidad de devolución, comprobar qué trenes habían sufrido retrasos, verificar cuáles de esos billetes habían sido pagados en metálico y retirar el dinero de las indemnizaciones no reclamadas.
El tribunal subraya que estas acciones requerían "magníficas dotes de organización" y un control detallado de los tiempos, lo que, a su juicio, demuestra la existencia de un plan premeditado.
El TSJA rechaza la defensa de la trabajadora
Tras el despido, la empleada alegó que atravesaba una situación económica desesperada, con deudas y préstamos derivados de compras compulsivas. También sostuvo que sus facultades volitivas estaban afectadas.
El TSJA rechaza ese argumento y considera contradictorio sostenerlo cuando el mecanismo utilizado exigía organización y planificación. La sentencia señala que la empleada "tenía y ejecuta un plan preconcebido y perfectamente estudiado". La Sala incluso ironiza al afirmar que negar la premeditación en este caso "es similar a declarar derogada la ley de la gravedad".
Intento de suicidio y devolución del dinero
Según recoge la resolución judicial, cuando la trabajadora supo que se estaba investigando el fraude, intentó suicidarse. Posteriormente, su padre acudió a Renfe para reconocer que su hija había cometido los hechos y devolver el dinero.
Aun así, el tribunal considera "irracional" el argumento de que no se causó perjuicio porque el dinero correspondía a indemnizaciones no reclamadas. La sentencia recalca que la empleada dedicó "muchas horas" a buscar información y ejecutar el sistema para apropiarse de los fondos.
Once años en Renfe y afiliada a CCOO
La trabajadora llevaba 11 años en Renfe Viajeros, en el departamento de servicios comerciales Sur, y estaba afiliada a Comisiones Obreras (CCOO). El tribunal menciona además que su padre era dirigente del sindicato.
Con esta sentencia, el TSJA confirma que el despido disciplinario fue procedente, al considerar acreditado el fraude y la existencia de una conducta premeditada.