El Gobierno activa un tope de precios para frenar abusos en situaciones de emergencia

El Ejecutivo podrá topar el coste de bienes y servicios cuando una crisis dispare la demanda y favorezca abusos

Un avión sobrevuela la autovía A-4 antes de aterrizar en el aeropuerto de Sevilla / EUROPA PRESS
Un avión sobrevuela la autovía A-4 antes de aterrizar en el aeropuerto de Sevilla / EUROPA PRESS

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El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto-ley que habilita al Gobierno a fijar límites máximos a los precios de determinados servicios o productos cuando se produzcan situaciones de emergencia que alteren de forma excepcional la oferta y la demanda.

La norma, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a propuesta de su titular, Pablo Bustinduy, modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios con el objetivo de reforzar la protección frente a prácticas abusivas en contextos extraordinarios.

Subidas injustificadas de precios

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Bustinduy explicó que la medida responde a situaciones recientes en las que asociaciones de consumidores denunciaron subidas injustificadas de precios durante emergencias, como la dana de Valencia, los incendios de 2025 o el accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba).

Un hombre recoge escombros tras el temporal en Valencia / EUROPA PRESS - CARME RIPOLLÉS
Un hombre recoge escombros tras el temporal en Valencia / EUROPA PRESS

Según el ministro, el decreto introduce “un instrumento para impedir que se haga caja explotando la vulnerabilidad de la ciudadanía”, al considerar que en estos casos los incrementos de precios no obedecen a un aumento real de los costes, sino a un aprovechamiento de la situación de emergencia.

Más allá de las emergencias de protección civil

Con esta normativa, el Gobierno podrá fijar que el precio de un bien o servicio no supere el máximo registrado en los 30 días naturales anteriores al inicio de la emergencia. Además, se incorpora un segundo mecanismo corrector: si ese precio máximo fuera superior en más de un 50% al precio medio del mismo periodo, el límite se establecerá en el precio medio más un 50%.

El real decreto-ley amplía los supuestos en los que se podrán limitar los precios, que no se restringirán únicamente a las emergencias declaradas de protección civil. El Consejo de Ministros será el único órgano competente para activar esta medida también en casos de accidentes, emergencias técnicas, fuerza mayor u otras circunstancias sobrevenidas no imputables a las personas consumidoras.

Mecanismos previstos

El acuerdo deberá concretar, como mínimo, la fecha de inicio y finalización de la limitación, los productos o servicios afectados y la referencia de precios aplicable. Asimismo, se faculta al Gobierno para obligar a los comercializadores a informar al consumidor del precio medio y máximo ofertado en los 30 días previos.

La norma garantiza que la limitación de precios se mantenga vigente mientras persistan las condiciones de demanda anómala vinculadas directamente a la situación de emergencia. No obstante, introduce criterios de flexibilidad para evitar tensiones en la oferta, permitiendo subidas de precios solo cuando estén justificadas por un aumento acreditado de costes o cuando sean necesarias para introducir nueva oferta que alivie la escasez, siempre que no supongan un incremento de márgenes.

Decenas de coches apilados por la grúas en Paiporta, Valencia, donde también han fallecido miles de animales por el paso de la DANA / ALEJANDRO MARTÍNEZ - EP
Decenas de coches apilados por la grúas en Paiporta, Valencia, tas el paso de la DANA / EP

En el caso de bienes o servicios con fuerte estacionalidad, se podrá tomar como referencia el precio del mismo periodo del año anterior, actualizado conforme al IPC. Además, los consumidores tendrán derecho a la devolución automática de cualquier importe cobrado por encima del precio máximo fijado, sin perjuicio de las posibles sanciones.

Un refuerzo tras la dana de Valencia

El nuevo decreto-ley complementa la reforma aprobada en noviembre de 2024 tras la dana de Valencia, que prohibió subidas abusivas de precios en situaciones de emergencia de protección civil. Aquella modificación afectó especialmente a servicios con precios dinámicos o personalizados, como los VTC o el alquiler de alojamientos online.

En esos supuestos, la normativa ya vetó los incrementos del precio final en contextos de urgencia, riesgo o necesidad para el consumidor, tal y como define la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil.