¿Se puede pagar la cuota de la comunidad de propietarios con trabajos a los vecinos?

Una fórmula imaginativa para reducir la morosidad en las fincas de pisos es la compensación de las deudas mediante tareas de limpieza o reparaciones de mantenimiento de los elementos comunes, pero hay unos requisitos para poder aplicar este sistema

Un edificio de apartamentos que conforman una comunidad de propietarios / PIXABAY
Un edificio de apartamentos que conforman una comunidad de propietarios / PIXABAY

La morosidad en las comunidades de propietarios es habitual en España. Rara es la finca en la que no haya algún vecino que impague las cuotas y acumule deudas o retrasos en los abonos.

Ante esta situación, se dan casos de morosos de buena fe (que impagan los recibos por la imposibilidad de afrontarlos y no por dejadez) que se ofrecen a realizar trabajos para la comunidad (como reparaciones de mantenimiento, limpieza o jardinería) a cambio de que se les perdone toda o parte de la deuda. Pero, ¿es eso legal?

¿Es legal pagar la comunidad a cambio de trabajos?

La ley permite pagar las cuotas o deudas pendientes a la comunidad de vecinos a cambio de la realización de trabajos en los elementos comunes de la comunidad siempre que haya acuerdo entre ambas partes. Así lo recoge el artículo 1195 del Código Civil.

"Según este precepto, la compensación es posible cuando dos personas son recíprocamente deudoras una de otra por obligaciones líquidas y exigibles. En el caso de la comunidad de propietarios, la deuda del propietario es líquida y exigible, ya que se trata de cuotas impagadas. Por su parte, la obligación de la comunidad es realizar tareas de mantenimiento u obras necesarias”, explica Fernando Céspedes, administrador de fincas en Communal, en declaraciones a Idealista. Además, hay jurisprudencia que confirma esa posibilidad.

¿Cómo pagar las cuotas de la comunidad de propietarios mediante trabajos?

El primer paso, tras acordar el pago de las cuotas o deudas pendientes por parte de un propietario, es cuantificar el valor de los trabajos a realizar. Así, habría que fijar cuánto se compensaría por cada hora de trabajo realizado.

"Es importante que la comunidad de propietarios y el propietario acuerden por escrito los términos de la compensación. Este acuerdo debe reflejar la deuda que se va a compensar, y la cuantía de los trabajos que se van a realizar”, señala el especialista.

Contrato laboral o de prestación de servicios

Además, hay que implementar el soporte legal correspondiente, mediante un contrato laboral de trabajo entre el propietario y la comunidad, o mediante un contrato de prestación de servicios.

Este último caso, requiere dar de alta al propietario en el Régimen Especial de Autónomos y que emita las correspondientes facturas a la comunidad.

¿Es obligatorio el pago de las cuotas y las derramas?

Debe tenerse en cuenta que el pago de las cuotas de la comunidad de propietarios o las derramas extra para la conservación de la finca son obligatorios para todos los propietarios.

Su impago puede implicar multas, intereses de demora, privación del uso de algunas zonas comunes e incluso el embargo de la vivienda para hacer frene a las deudas.