La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) está en el punto de mira por la falta de rigurosidad de sus estudios. La marca dermatológica Isdin denunció en junio de 2024 a la organización presidida por Miguel Ángel Feito por presuntos estudios engañosos sobre sus fotoprotectores.
Y ahora el juzgado de lo Mercantil ha admitido a trámite la demanda contra la OCU por presuntos estudios denigratorios y engañosos para los consumidores.
La demanda de Isdin contra la OCU
La demanda judicial se refiere a un estudio publicado en marzo de 2024, y a otros anteriores, y denuncia una supuesta "persecución" de la organización de consumidores contra Isdin desde 2019, a través de la publicación de informaciones presuntamente engañosas para los consumidores.
En el escrito presentado, la multinacional dermocosmética del grupo Puig argumenta que se han realizado prácticas desleales de engaño y denigración. Por ello, Isdin solicita en la demanda la declaración de deslealtad de las conductas de la OCU y que se la condene a cesar y abonar los daños y perjuicios causados, entre otras.
"Errores metodológicos graves"
Los representantes legales de Isdin sostienen que la OCU no atendió e hizo caso omiso de los ensayos e informes que la compañía ponía a su disposición, y que desoyó a la Agencia del Medicamento y Productos Sanitarios (Aemps), que en varias ocasiones habría desautorizado los estudios de la OCU y avalado los datos aportados por Isdin.
En el relato de la demanda, la compañía señala que el estudio de la organización de consumidores presentaba “errores metodológicos graves", y concluye que “las consideraciones realizadas por la OCU en la Campaña de Solares sobre el factor UVA-PF del producto son falsas y denigratorias”. Asimismo, la marca de Puig denuncia que dicha campaña “ha generado un impacto muy negativo en el mercado para Isdin y para el producto, máxime porque se publicó en unas fechas comercialmente cruciales”.
La postura de la OCU
Apenas unas horas después de darse a conocer que los juzgados de lo Mercantil de Madrid habían admitido a trámite la demanda judicial, desde la OCU han manifestado que en sus análisis emplean una metodología "contrastada e independiente".
Además, lamentan que una empresa cuestione su labor recurriendo a la vía judicial en lugar de aportar evidencias técnicas en el marco del debate científico.
La respuesta de Isdin
Por su parte, fuentes próximas a la compañía han indicado que precisamente la demanda interpuesta contra la última campaña de la OCU sobre productos solares está sustentada con estudios científicos y pruebas de laboratorio que han contado con la aprobación de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (Aemps), e insisten en que la OCU desoyó dicha aprobación al publicar su estudio “pese a saber que la Aemps estaba analizando la situación”.
En lo referente al último informe de la OCU sobre protectores solares, "la Aemps respaldó a la compañía después de recibir sus informes y pruebas de laboratorio", señalan.
La Aemps aprueba los protectores solares de Isdin
En la citada campaña 2024, "en la que la OCU aseguraba que el producto Isdin Fusión WaterMagic SPF +50 no cumple con el factor de protección UVA-PF que reivindica en su etiquetado, la Aemps determinó que los estudios UVA de Isdin, realizados conforme a las metodologías ISO 24443 in vitro e ISO 24442 in vivo, apoyaban la reivindicación sobre el factor UVA-PF de la etiqueta", exponen fuentes cercanas a la compañía.
Además, las mismas fuentes recalcan que la marca dermocosmética “también ha proporcionado nuevos estudios realizados en el lote 30541F. En este caso, tres ensayos según la norma UNE-EN-ISO 24443, cuyos resultados sustentan las reivindicaciones del FP-UVA del etiquetado”. Y concluyen que, “después de analizar detalladamente toda la información disponible, la Aemps continúa considerando que no es necesario tomar medidas frente al producto Isdin FusionWater Magic SPF 50”.