La letra pequeña del nuevo aval público a los alquileres restringe su alcance real
Pese a ser presentada como una solución para mejorar la seguridad jurídica de propietarios e inquilinos, la medida está sujeta a limitaciones que podrían dejar fuera a muchos afectados

El Gobierno ha aprobado una nueva línea de avales estatales para cubrir impagos en el alquiler dentro del decreto “ómnibus” pactado con Junts.
Sin embargo, la medida presenta una serie de limitaciones que restringen significativamente su aplicabilidad real.
Requisitos que limitan el acceso
El acceso a estos avales está sujeto a condiciones estrictas. Por un lado, solo pueden beneficiarse de la medida los propietarios que alquilen viviendas cuyo precio no supere el índice estatal del alquiler. Este índice, que establece un tope en zonas tensionadas, aún está pendiente de definición, lo que deja en el aire la aplicabilidad real de la medida a corto plazo.

Por otro lado, en el caso de los inquilinos, la ayuda sólo está disponible para menores de 35 años o para aquellas personas consideradas vulnerables según criterios reglamentarios. Además, estos requisitos deben cumplirse tanto en el momento de la firma del contrato de alquiler como en la suscripción del compromiso del aval, lo que podría excluir a numerosos solicitantes.
Solo aplicable con acuerdo entre propietario e inquilino
Un aspecto crítico del aval es que su concesión requiere la firma de un acuerdo entre el arrendador y el arrendatario, siguiendo un modelo oficial que pondrá a disposición la Administración.
Este requisito podría dificultar su acceso en casos de conflicto entre las partes, que son precisamente las situaciones en las que la garantía sería más necesaria.
Pago del aval: sólo tras la recuperación de la vivienda
Otra limitación clave es el plazo de cobro del aval. La solicitud para recuperar las cantidades adeudadas sólo podrá realizarse dentro de los seis meses posteriores a la recuperación de la vivienda por parte del propietario.
Este proceso puede alargarse debido a los procedimientos judiciales de desahucio o a acuerdos extrajudiciales, lo que implica que la garantía estatal no actúa como un mecanismo de protección inmediata ante los impagos.
Gestor del aval y plazos de aplicación
La línea de avales será gestionada por las comunidades autónomas con financiación del Estado, pero la cuantía total de la medida aún no ha sido determinada.
Además, el reglamento que desarrollará los detalles de la iniciativa se aprobará en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la norma, lo que podría retrasar su aplicación efectiva.
Un alcance más limitado de lo anunciado
Pese a ser presentada como una solución para mejorar la seguridad jurídica de propietarios e inquilinos, la medida está sujeta a restricciones que podrían dejar fuera a muchos afectados por impagos en el alquiler.

La combinación de requisitos específicos, la necesidad de acuerdo entre ambas partes y la demora en el cobro del aval ponen en duda su efectividad real en la práctica.