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Multa a dos compañías eléctricas con 1,2 millones de euros por incumplir requisitos en sus facturas

Las empresas comercializadoras de electricidad están obligadas a proporcionar en sus recibos información clara y detallada para los consumidores

Ana Carrasco González

Cani Fernández, presidenta de la CNMC, multa a dos compañía eléctricas / Eduardo Parra - EP

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 1,2 millones de euros a las comercializadoras eléctricas Endesa Energía y Naturgy Iberia por no incluir en sus facturas información esencial para los consumidores. 

Cada compañía ha sido sancionada con 600.000 euros debido a la omisión de datos clave en sus recibos de electricidad, en incumplimiento de la normativa del sector eléctrico.

Obligaciones de las compañías eléctricas

Las empresas comercializadoras de electricidad están obligadas a proporcionar en sus facturas información clara y detallada para los consumidores. Entre estos requisitos se encuentra la inclusión de un código QR o un enlace que dirija al Comparador de ofertas de gas y electricidad de la CNMC. 

El consejero delegado de Endesa, José Bogas / Juan Barbosa - EP

Esta herramienta permite a los consumidores consultar su historial de consumo energético y verificar si existen ofertas más económicas en el mercado. Además, los usuarios pueden acceder al servicio “Entiende tu factura”, que explica en detalle los conceptos y cargos reflejados en el recibo de luz.

Motivo de la sanción

La investigación de la CNMC se inició a raíz de denuncias presentadas por dos consumidores que detectaron que sus facturas no cumplían con los requisitos de información mínima exigidos por la normativa. Tras analizar las facturas emitidas por ambas compañías, la CNMC constató que Endesa Energía incluyó códigos QR o enlaces incorrectamente configurados, lo que impidió a los clientes acceder a la información relevante. 

Por su parte, Naturgy Iberia omitió en algunas facturas el código QR o enlace al Comparador de ofertas de la CNMC, privando a los usuarios de una herramienta clave para evaluar su consumo y posibles alternativas en el mercado.

La sanción impuesta

El incumplimiento de estos requisitos constituye una infracción leve de acuerdo con el artículo 66.5 de la Ley del Sector Eléctrico. La CNMC determinó que la omisión de esta información en las facturas tuvo un impacto prolongado en los consumidores, razón por la cual impuso a cada empresa la sanción máxima permitida para este tipo de infracción, es decir, 600.000 euros.

Una sede de Naturgy / EFE

Sin embargo, dado que ambas compañías realizaron el pago de la multa en periodo voluntario, se aplicaron reducciones en la cuantía final. En el caso de Endesa, la sanción se redujo en un 20%, quedando en 480.000 euros, mientras que en el caso de Naturgy la reducción fue del 40%, fijándose finalmente en 360.000 euros.

Posibilidad de recurso

Las compañías sancionadas tienen derecho a interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. Para ello, disponen de un plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la sanción. 

De presentarse dicho recurso, la Audiencia Nacional será la encargada de analizar el caso y determinar si procede anular o modificar la multa impuesta.