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Ya es oficial: el Gobierno prohíbe las bebidas azucaradas y la bollería en los comedores escolares

Todos los centros que impartan enseñanzas desde Infantil hasta Formación Profesional Básica o Media deberán servir cinco comidas saludables por semana

Ana Carrasco González

Un comedor escolar de Almería, donde están prohíbidas las bebidas azucaradas y la bollería / EP

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, una norma pionera que elimina las bebidas azucaradas, energéticas y la bollería industrial de los comedores, cafeterías y máquinas expendedoras de los centros educativos de toda España. 

El objetivo: garantizar una alimentación más sana y reducir las desigualdades en salud desde la infancia.

Productos frescos y de calidad

La medida, presentada por el ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, supone un impulso decisivo hacia una dieta escolar basada en productos frescos y de calidad. “Se trata de lograr una alimentación mucho más nutritiva y variada para nuestros menores, sin importar el nivel de renta ni el código postal en el que hayan nacido”, ha subrayado.

Un niño en uno de los miles de comedores escolares que hay en España / PEXELS

El real decreto establece que todos los centros escolares –públicos, concertados y privados– que impartan enseñanzas desde Infantil hasta Formación Profesional Básica o Media deberán servir cinco comidas saludables por semana. 

Los requisitos de la medida

Entre los requisitos se incluye el consumo diario de frutas y verduras frescas, con al menos un 45% de productos de temporada, así como una frecuencia mínima semanal de pescado (entre una y tres veces), legumbres, cereales integrales y pan integral.

Por otro lado, la nueva normativa limita a una vez al mes el uso de platos precocinados, como pizzas o empanadillas, y restringe el uso de frituras a una ración semanal, siempre elaboradas en el día y preferentemente con aceite de oliva o de girasol alto oleico.

Los puntos más destacados de la norma

Uno de los puntos más destacados de la norma es la prohibición expresa de vender productos que superen los 5 gramos de azúcares añadidos por porción o las 200 kilocalorías, siguiendo los criterios marcados por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan) y la Organización Mundial de la Salud (OMS). 

También se regulan los límites máximos de grasas totales (7,8 g), grasas saturadas (2,2 g), sal (0,5 g) y sodio (0,2 g) por cada porción estándar de 200 kilocalorías. La ministra de Educación y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, recalcó que esta norma “responde a una voluntad firme de cuidar la salud de los niños y niñas desde las aulas, con menús más saludables y sostenibles”.

Productos ecológicos

Además, la medida incorpora experiencias exitosas ya en marcha como los programas ‘Ecocomedores’ en Canarias o ‘Horta Cuina’ en la Comunidad Valenciana, que fomentan el consumo de productos ecológicos y de proximidad. De hecho, la norma exige que al menos dos platos al mes o el 5% del gasto en alimentos se destine a productos ecológicos.

La aprobación de esta normativa desarrolla el artículo 40 de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición de 2011, y supone un paso clave en el cumplimiento del Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil 2022-2030.