Lidl recibe una multa de 77.000 euros por anunciar descuentos falsos

La Agencia Catalana de Consumo sanciona a la cadena alemana por inflar los precios anteriores de varios productos para simular rebajas

Un cliente compra en un supermercado Lidl / ANDY RAIN - EFE
Un cliente compra en un supermercado Lidl / ANDY RAIN - EFE

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La Agencia Catalana de Consumo ha impuesto una multa de 77.001 euros a la cadena de supermercados alemana Lidl.

La multa llega tras una denuncia de la asociación de consumidores Facua que destapó una serie de prácticas engañosas con los precios de sus productos, además de obstrucción a las autoridades y la vulneración de los derechos lingüísticos de los clientes.

El truco de las ofertas falsas: así alteraba Lidl los precios

El origen de esta sanción se remonta a 2023. Durante sus estudios mensuales de control de precios, Facua detectó que Lidl estaba incumpliendo la Ley de Ordenación del Comercio Minorista.

El modus operandi consistía en anunciar falsas rebajas. La normativa exige que, al aplicar un descuento, el precio anterior mostrado debe ser el más bajo que haya tenido el producto en los últimos 30 días. Sin embargo, Lidl colocaba llamativos carteles rojos de “oferta” indicando un precio original mucho más alto del real. De esta forma, simulaban una gran bajada de precio en artículos que, en realidad, costaban lo mismo el mes anterior.

El nuevo supermercado de Lidl en Pilar de la Horadada (Alicante) / LIDL
El nuevo supermercado de Lidl en Pilar de la Horadada (Alicante) / LIDL

Las tres infracciones que han provocado la sanción

La Agencia Catalana de Consumo ha identificado tres infracciones diferentes durante la investigación.

  1. Una primera sanción de 35.000 euros por hacer publicidad de manera “que induzca o pueda inducir a error, engaño o confusión a las personas a las que se dirige o que se omitan datos fundamentales que impidan conocer las verdaderas características o naturaleza del bien o servicio”.
  2. Una segunda de 35.000 euros por “no suministrar o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus agentes en cumplimiento de las funciones de información, vigilancia, investigación, inspección, tramitación y ejecución”.
  3. Y una tercera de 7.001 euros por “vulnerar los derechos lingüísticos de los consumidores o usuarios o incumplir las obligaciones en materia lingüística que establece la normativa” debido a que el ticket de compra no se encontraba redactado en catalán.

Así, el importe total de las tres sanciones asciende a 77.001 euros. No obstante, la cantidad se ha reducido a la mitad después de que Lidl aceptase la propuesta de resolución y abonase 38.500,50 euros dentro del plazo establecido de 15 días hábiles.

Reclaman sanciones más contundentes

Tras conocerse la resolución, la asociación ha cuestionado la capacidad disuasoria de este tipo de multas y considera que sanciones de esta cuantía pueden transmitir a las grandes empresas el mensaje de que incumplir la normativa y vulnerar los derechos de los consumidores resulta rentable.

Por ello, reclama a las administraciones que intensifiquen la vigilancia sobre las prácticas comerciales de las cadenas de distribución y que impongan sanciones proporcionadas a la gravedad de las infracciones, con un importe suficiente para evitar que vuelvan a repetirse.

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