Acusan a la aerolínea española Swiftair de homicidio involuntario tras la muerte de 116 pasajeros
A la compañía se le atribuyen los fallecimientos de todos los ocupantes de la aeronave, así como conductas de imprudencia, negligencia y desatención
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La aerolínea española Swiftair afronta este lunes, 9 de marzo, un nuevo frente judicial. La compañía se sienta en el banquillo del Tribunal Correccional de París acusada de homicidio involuntario por su presunta responsabilidad en el accidente de uno de sus aviones ocurrido en Mali en julio de 2014.
En el siniestro murieron las 116 personas que viajaban a bordo. La Fiscalía atribuye a la empresa estos fallecimientos -entre ellos los seis miembros españoles de la tripulación- por supuestas conductas de impericia, imprudencia, negligencia y desatención, así como por incumplir las obligaciones de prudencia y seguridad exigidas en la operación del vuelo.
Una tormenta tropical en plena ruta
Durante el proceso, que está previsto que se prolongue hasta el 2 de abril, el tribunal deberá esclarecer si la tripulación había recibido la formación adecuada para afrontar las condiciones del vuelo que cubría la ruta entre Uagadugú (Burkina Faso) y Argel el 24 de julio de 2014. El aparato, un McDonnell Douglas MD-83, operaba para Air Algérie bajo contrato de la compañía española.

Poco después del despegue, el avión se adentró en una tormenta tropical. Según los jueces de instrucción, basándose en un informe del organismo francés encargado de investigar accidentes aéreos, la tripulación no reaccionó de forma adecuada ante la situación. En particular, no activó el sistema anticongelación que habría evitado que se bloquearan los sensores de presión, lo que provocó una desaceleración de los motores y, finalmente, el impacto del aparato contra el suelo.
Víctimas de diferentes nacionalidades
En el accidente murieron 110 pasajeros de distintas nacionalidades. La mayoría eran ciudadanos franceses (54) y de Burkina Faso (23), aunque también viajaban a bordo personas de países como Líbano o Argelia.
A ellos se sumaron los seis miembros españoles de la tripulación. Durante la instrucción, la Fiscalía subrayó que el comandante del avión no había recibido la formación obligatoria en gestión de recursos de la tripulación (CRM, por sus siglas en inglés). Además, ni él ni la copiloto habían completado el entrenamiento adicional previsto tras un periodo de inactividad, pese a que ambos estaban contratados de forma temporal.
Swiftair niega su responsabilidad
Swiftair ha rechazado cualquier responsabilidad en el accidente y sostiene que el siniestro fue consecuencia de una combinación de factores externos. Entre ellos, la compañía señala las supuestas carencias del manual de vuelo en lo relativo a la reacción ante fenómenos de congelación provocados por cristales de hielo.

La empresa también apunta a posibles deficiencias en las directrices del fabricante Boeing y de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA) sobre los procedimientos que deben seguirse en caso de una pérdida repentina de velocidad sin alertas previas.
La vía judicial en Francia
Antes de que comenzara el juicio, la aerolínea intentó sin éxito que la justicia francesa elevara el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La defensa argumentaba que la compañía no podía ser juzgada nuevamente por estos hechos en aplicación del principio jurídico non bis in idem, ya que la causa había sido examinada previamente por tribunales españoles y posteriormente archivada.
El Tribunal Correccional de París rechazó esa petición al considerar que no existía un vínculo directo con el derecho europeo que justificara la intervención del tribunal comunitario.


