Loading...

¿Es legal celebrar o asistir a una junta de propietarios mediante videollamada?

Durante la pandemia, el Gobierno aprobó una norma para que se pudiera concurrir de forma telemática, pero en la actualidad no está vigente

Juan Manuel Del Olmo

Una mujer acude a una junta de propietarios de forma telemática / UNSPLASH

En Aquí no hay quien viva, las juntas de propietarios suelen ser caóticas y llenas de discusiones, con los vecinos enfrentándose por temas triviales o por intereses personales. Por suerte (o por desgracia), en la vida real las situaciones que se dan no son tan cómicas ni tan absurdas como en la serie, aunque siempre puede haber algún vecino excéntrico con cierto aire a Andrés Guerra o a Marisa que se queja por la luz o por el funcionamiento del ascensor.

En cuanto a la forma de celebrarlas (tanto a la Junta Ordinaria, que debe reunirse por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y las cuentas; como la Junta Extraordinaria) no es estrictamente necesario que los vecinos asistan de forma presencial.

Reuniones

De hecho, ni siquiera es obligatorio asistir a las reuniones de vecinos, aunque, como recuerdan desde Generali, hacerlo impedirá participar en la toma de decisiones. “Es recomendable que acudas presencialmente o, por lo menos, delegues tu voto a otro vecino que sí acuda”, aconsejan.

Reunión de vecinos / FREEPIK

Por otra parte, tal y como ha explicado a Idealista/news Fernando Céspedes, administrador de fincas en Communal, el Gobierno reguló la posibilidad de celebración de las juntas de propietarios de manera telemática de forma excepcional durante la pandemia, pero ahora la cobertura legal para hacerlo ha caído.

Ley de Propiedad Horizontal

Ahora bien, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) viene a decir que la asistencia a la Junta de propietarios deberá ser personal o por representación legal o voluntaria, sin especificar que tenga que ser de forma presencial. Eso implica que sí es posible hacer las juntas de vecinos por videoconferencia o videollamada, “siempre que se avise de la posibilidad de poder hacerlo y eso no impida a un vecino poder seguirla”, especifica Idealista.

También hay que tener en cuenta que los vecinos tienen la posibilidad de impugnar la reunión si consideran que la vía telemática no se ajusta a la corrección necesaria. 

Funciones

Estas son las funciones de las Juntas de propietarios, que aparecen especificadas en el portal de la Comunidad de Madrid:

  • Nombrar y destituir a las personas que ejerzan los cargos de los órganos de gobierno de la Comunidad de Propietarios.
  • Resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de los Órganos de Gobierno.
  • Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.
  • Aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación del inmueble, ya sean ordinarias o extraordinarias.
  • Aprobar o reformar los Estatutos y determinar las Normas de Régimen Interior.
  • Conocer y decidir en cualquier asunto de interés general para la Comunidad, acordando las medidas necesarias o convenientes para el mejor servicio común