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¿Quién tiene que pagar la reparación de la lavadora: el inquilino o el propietario del piso?
La Ley de Arrendamientos Urbanos es muy clara al respecto, aunque hay ciertos matices que el casero y el arrendatario deben conocer
Las relaciones entre inquilinos de pisos y caseros no siempre son fáciles: hay intereses distintos, problemas cuando el arrendatario hace demasiado ruido y molesta a los vecinos, desconfianza… No obstante, uno de los mayores quebraderos de cabeza llega cuando un electrodoméstico grande (como la lavadora o la nevera) se rompe y hay que dilucidar quién se hace cargo.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que regula quién debe encargarse de las reparaciones de los electrodomésticos si se averían durante la duración del contrato, es muy clara al respecto, y establece que el propietario (el arrendador) está obligado a realizar “todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido”
Reparación sin subir el alquiler
Además, debe hacerlo “sin derecho a elevar por ello la renta”, es decir, sin subirles el alquiler a sus inquilinos. No obstante, hay algunos matices importantes. El casero se hará cargo siempre y cuando la avería no sea fruto de un mal uso por parte del arrendatario de la vivienda.
Asimismo, la ley establece que el arrendatario debe avisar al casero con la mayor brevedad posible cuando sea necesario hacer reparaciones. Además, éste deberá comprobarlo: el arrendatario deberá “facilitar la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda”.
Pequeñas reparaciones
En cambio, las pequeñas reparaciones del día a día (grifos, enchufes o cerraduras) sí corren a cargo del inquilino.
Para evitar conflictos, puede ser muy útil hacer un inventario completo de todos los elementos de cierto valor que haya en el piso, para que tanto inquilino como propietario prueben su estado inicial para evitar problemas.
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