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Los nuevos derechos y garantías que tiene el consumidor a partir del 1 de enero

Se han fijado normativas y plazos más amplios para determinados productos y servicios en defensa de los usuarios

Varios consumidores en uno de los centros comerciales de España  / PIXABAY
Varios consumidores en uno de los centros comerciales de España / PIXABAY

Aunque el cambio más ha sonado es la ampliación de la garantía de dos a tres años, ésta no es la única novedad que llega a partir del 1 de enero y que afecta de manera positiva a los consumidores.

A partir de 2022 también se incrementan los plazos para las reparaciones, de 5 a 10 años. Así, ahora los fabricantes están obligados a disponer de piezas de repuesto durante más tiempo. De esta manera, el Ministerio de Consumo pretende aumentar la durabilidad de los productos adquiridos. 

Servicios digitales en la era del 'e-commerce'

Una persona sujeta su móvil que contiene varias aplicaciones / PIXABAY
Una persona sujeta su móvil que contiene varias aplicaciones / PIXABAY

Dado que el comercio online o e-commerce ha crecido de forma considerable por la pandemia del Covid, Consumo también ha querido añadir nuevos derechos en cuanto al suministro de contenidos y servicios digitales. Pero ¿esto qué significa? Por primera vez quedan recogidos los contratos en los que el usuario no paga un precio, sino que facilita sus datos cambio de un servicio.

Por ello, a partir del 1 de enero serán considerados suministros de contenidos los programas informáticos, apps, archivos de vídeo y audio, de música, juegos digitales, ebooks, etc. Quedan exentos, eso sí, los programas libres y de código abierto. Y se han establecido normas "simples y claras" sobre la obligación de suministro de estos servicios por parte del empresario.

Nuevos plazos si el consumidor no se está conforme 

Un usuario cambia la hora de su microondas nuevo / EP
Un usuario cambia la hora de su microondas nuevo / EP

Asimismo, a partir de 2022  se amplía de tres a cinco años el plazo de prescripción para ejercer los derechos que se tiene cuando el consumidor cuando no está conforme y se aumenta el plazo para acreditar la falta de conformidad, pasando de seis meses a uno o dos años, en función del objeto contractual.

Así, durante este período, el consumidor o usuario sólo tendrá que demostrar que el producto, contenido o servicio digital no es conforme a lo acordado, sin necesidad, como hasta ahora, de demostrar su falta de conformidad en el momento de la entrega. Y, para evitar que los consumidores sean inducidos a un error, las garantías comerciales que se incluyen en la publicidad asociada prevalecerán sobre las de la declaración de garantía legal si son más beneficiosas para el usuario. 

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