Buenas noticias para los pasajeros: blindan las compensaciones para vuelos con grandes retrasos
A partir de ahora, las aerolíneas ya no podrán cobrar por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto
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En los últimos años, el sector aéreo ha vivido momentos de caos: cancelaciones masivas, huelgas y retrasos sistémicos. Muchas compañías han intentado escurrir el bulto emitiendo bonos en lugar de reembolsar el dinero en efectivo, lo que generó un enfado monumental e hizo emerger la percepción de que los derechos de los pasajeros se estaban erosionando.
La Unión Europea ha tenido que hacer equilibrismos. Por un lado, las asociaciones de consumidores han peleado con uñas y dientes para que no se dé ni un paso atrás. Por el otro, la Comisión Europea ha intentado modernizar las leyes dando más margen a las aerolíneas.
Acuerdo para revisar los derechos de los pasajeros
Finalmente, la partida se ha resuelto a favor del consumidor. Las instituciones europeas han alcanzado un acuerdo político para reformar la normativa sobre derechos de las personas pasajeras en el transporte aéreo (Reglamento (CE) 261/2004), una revisión que permanecía bloqueada desde que la Comisión Europea presentó su propuesta inicial en 2013.

A juicio de la Federación de Consumidores y Usuarios CECU, el acuerdo consolida derechos fundamentales para quienes viajan en avión e incorpora nuevas medidas para aumentar la transparencia y limitar prácticas abusivas por parte de las aerolíneas.
La compensación se mantiene
Uno de los logros más relevantes es que se mantienen los derechos de compensación para vuelos con retrasos significativos, lo que implica descartar la propuesta del Consejo que planteaba elevar el umbral mínimo de retraso necesario para acceder a una indemnización y reducir las cuantías.
Estos cambios, según alertaron organizaciones de consumidores, podrían haber dejado sin compensación a más del 60% de los pasajeros que actualmente tienen derecho a reclamar. Además, las aerolíneas estarán obligadas ahora a informar con mayor claridad sobre estos derechos en caso de incidencias, una medida crucial, considerando que hoy solo el 38% de los afectados reclama su compensación.

Circunstancias extraordinarias
El acuerdo también aclara qué situaciones pueden considerarse circunstancias extraordinarias —aquellas en las que las compañías pueden quedar exentas de compensar— y mantiene este criterio alineado con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Esto aporta mayor seguridad jurídica tanto a los pasajeros como a las aerolíneas y reduce el margen para que se denieguen compensaciones por motivos injustificados.

Mejoras del acuerdo
Estas son otras de las mejoras que contempla el acuerdo:
- La prohibición de las cláusulas de “no presentación” (no-show), que impedían utilizar el vuelo de regreso cuando no se había tomado el primer tramo de un itinerario con escalas o conexiones.
- El derecho a sentarse junto a hijos e hijas menores de edad sin costes adicionales.
- El fin del cobro por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto.
- Más transparencia sobre el precio del equipaje de mano, que deberá mostrarse desde el inicio del proceso de compra para facilitar la comparación entre ofertas y evitar cargos sorpresa, aunque finalmente no se haya reconocido su gratuidad.

