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La DGT multará a los conductores que no lleven esto en el coche

No es obligatorio tener el vehículo la póliza de seguro, pero sí el DNI, el permiso de conducción y la tarjeta de la ITV

Un conductor, multado por no llevar los documentos obligatorios en su coche como el carnet de conducir / FREEPIK
Un conductor, multado por no llevar los documentos obligatorios en su coche como el carnet de conducir / FREEPIK

La Dirección General de Tráfico (DGT) trabaja intensamente para evitar los accidentes al volante y reducir la alta mortandad en las carreteras. Ahora, cuando el verano se aproxima, ha alertado de nuevas multas y de la obligatoriedad de transportar en el coche ciertos documentos.

No obstante, la actualización de la normativa no modifica el baremo de sanciones: las infracciones leves se castigarán con una multa de hasta 100 euros; las graves, con multa de 200 euros; y las muy graves, con multa de 500 euros.

Infracciones leves (multa de hasta 100 euros)

Dentro de la categoría de infracciones leves, la DGT incluye incumplir la obligación de estar "en todo momento" en condiciones de controlar el vehículo, o que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial no consideras graves o muy graves.

También se considerará una infracción leve circular entre 91 y 120 km/h en una vía limitada a 90; y de 121 a 150 km/h en autovías y autopistas limitadas a 120.

Un conductor al volante / UNSPLASH
Un conductor al volante / UNSPLASH

Infracciones graves (multa de hasta 200 euros)

Se considerará infracción grave circular sin permiso de conducción, circulación o tarjeta de la ITV (con informe favorable). Da igual, en cambio, no llevar la póliza de seguro, y que desde 2008 la DGT dejó de exigirlo. Lo que sí puede acarrear una multa grave es llevar en el coche mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

También se considera una infracción grave acceder sin permiso a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), bloquear o aparcar en un carril bici o llevar el móvil al volante (esto último, además, acarrea la pérdida de tres puntos).

Infracciones muy graves (multa de hasta 500 euros)

A partir de ahora, la DGT podrá multar con 500 euros a aquellos conductores que usen dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carné de conducir. Es decir, que el castigo por hacer trampas con aparatos en el examen se endurece.

También se podrá sancionar con la misma cantidad a los que arrojen a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes.

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