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Qué son y cómo valorar las declaraciones nutricionales en los alimentos

Muchos alimentos, cada vez más, presentan en su etiquetado y publicidad una serie de declaraciones sobre la presencia de algunos nutrientes con “estrella” o la ausencia de otros nutrientes “estrellados” que pueden confundir a los consumidores

El consultor dietista-nutricionista Juan Revenga ofrece consejos sobre alimentación / FOTOMONTAJE CG
El consultor dietista-nutricionista Juan Revenga ofrece consejos sobre alimentación / FOTOMONTAJE CG

En términos nutricionales, el valor de un alimento se mide en virtud de la proporción de los distintos nutrientes que aporte. En este sentido, existen nutrientes que en general tienen una buena consideración y que por lo tanto son interesantes. Al mismo tiempo, a otros nutrientes les sucede justo todo lo contrario. Esa consideración, buena o mala de los nutrientes, refiere a las funciones fisiológicas que puedan desempeñar o, también, se relacionan con la posibilidad de incrementar el riesgo de ciertas enfermedades no transmisibles (obesidad, diabetes, enfermedades cardiovasculares, cáncer, etcétera).

Por lo tanto, sabiendo lo interesante que para los consumidores pueda suponer esta información, la Unión Europea publicó el Reglamento Europeo 1924/2006, con el fin de regular las condiciones que debe reunir un alimento para lucir ciertas declaraciones nutricionales.

Las declaraciones nutricionales en positivo

Un alimento o un producto alimenticio (que no son lo mismo) puede esgrimir que contiene ciertos nutrientes bien considerados, a saber: proteínas, vitaminas, minerales, fibra, ácidos grasos poliinsaturados y ácidos grasos monoinsaturados, siempre y cuando estén presentes en una determinada proporción regulada en el mencionado reglamento. De esta forma, los distintos alimentos y productos podrán emplear expresiones en su envase y publicidad como: “contiene...”, “alto en…”, “rico en…” y “fuente de...”.

Las declaraciones nutricionales en negativo

En sentido contrario a lo antedicho, un alimento o un producto alimenticio podrá declarar que carece de ciertos nutrientes que tienen una mala consideración, y estos son: el contenido graso total, las grasas saturadas, el azúcar y la sal.

Además, también en este apartado, se consideran como declaraciones nutricionales, las que refieran a la reducción o ausencia de valor energético (o de calorías) en relación a otro producto de la misma categoría. Sobre estos nutrientes y sobre la cuestión de las calorías, las expresiones que están reguladas en el reglamento son: “contenido reducido...”, “sin...”, “bajo en…”, “muy bajo en...” y “light”.

El asunto “light” no se suele entender bien

Un cierto número de consumidores suelen entender que un alimento con la declaración “light” quiere decir que su contenido en calorías es reducido (con respecto a otro de su misma categoría) o que directamente no tiene calorías. Y están en un error. El caso es que la terminología “light” puede referir a un contenido reducido de calorías, pero también a un contenido reducido de sal (o sodio), grasas saturadas, grasas totales o azúcar.

Es decir, algo que luzca la declaración “light” en la etiqueta o publicidad no tiene por qué hacer referencia a la reducción de calorías, puede ser que sí, pero puede que esa característica “light” refiera a cualquiera de los otros nutrientes “estrellados”. Es más, el fabricante tiene la obligación de incluir esa información para que el consumidor sea sabedor de cuál es la característica que le hace “light” a ese producto. Algo que no siempre se cumple y que cuando si lo hace se lleva a cabo mediante la estrategia del asterisco. Es decir, poner un asterisco junto a “light” y, en otra campo visual del envase, con letra normalmente de menor tamaño, indicar la característica por la que es “light”, ya sea por la reducción de calorías, azúcar, sal o sodio, grasas totales o grasas saturadas.

Las declaraciones nutricionales pueden ser un caballo de Troya

Pareciera que las declaraciones nutricionales son una interesante herramienta que facilita que los consumidores hagan elecciones mejor informados. Sin embargo, algunas teorías funcionan mejor sobre el papel que cuando se llevan a la práctica y, actualmente. En este sentido, las declaraciones nutricionales (así como las declaraciones de salud que veremos en otro artículo) se han convertido en una poderosa arma en manos de una determinada industria alimentaria que, lejos de ayudar, confunde a buena parte de los consumidores. Puedes comprobarlo tú mismo. Ve al mercado o al súper y comprueba cuánto de la oferta de un mostrador de pescado pone que sus productos son fuente de omega tres o altos en proteína o ricos en hierro. Mira a ver cuántos de los artículos de la frutería y verdulería pone que son sin azúcares añadidos, altos en fibra o fuente de vitamina C. Ya te lo digo yo: ninguno.

Si quieres encontrar ese tipo de declaraciones tendrás que cambiar de sección e irte a donde las galletas, los platos preparados, las salsas industriales, los refrescos y, en general, los ultraprocesados.

Al final, tristemente, las declaraciones nutricionales han servido para ejercer una pésima política que se conoce como nutricionismo. Este movimiento mercantilista consiste en valorar la calidad nutricional de un producto solo por la referencia anecdótica a la presencia (o ausencia) de un nutriente. Con el nutricionismo, los consumidores pueden llegar a pensar que un bollo industrial relleno de crema de cacao que luzca declaraciones como “con el 50% de la cantidad diaria de hierro recomendada” o “sin azúcares añadidos”, sea una buena elección.

A modo de resumen y en el sentido más práctico, sería recomendable hacer nuestras elecciones sobre un catálogo de alimentos “mudos” y huir de todos aquellos que, poco menos que con luces de neón, gritan y chillan lo molones que son por tener este nutriente o por carecer de aquel otro. Así que más mercado y menos supermercado. Y es que, una vez más, se pone de relieve la importancia de nuestro refranero cuando recoge aquella sentencia de “dime de qué presumes y te diré de qué careces”.

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