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¿Quién y cómo puede pedir el bono social térmico anunciado por el Gobierno?

La ayuda depende de dos factores: el grado de vulnerabilidad del consumidor y la zona climática en la que resida

Una consumidora hace una compra online / UNSPLASH
Una consumidora hace una compra online / UNSPLASH

El Gobierno ha anunciado una ayuda directa para consumidores vulnerables. Se trata de la ampliación del bono social térmico, una ayuda que se realiza en un único pago anual que pretende compensar gastos de suministro de energía, como la calefacción y el agua caliente sanitaria.

Hasta ahora, esta ayuda se situaba en la horquilla de 35 euros hasta 350 euros al año, y aumentará a un abanico de entre 40 y 375 euros. También aumenta el porcentaje de descuento para los que se aplica a los consumidores vulnerables, que pasa del 60 al 65 %. Y, en el caso de los vulnerables severos, pasará del 70 % al 80 %. De este modo, se prevé un incremento del 15 % en la cantidad de energía con derecho a esos descuentos.

Cómo pedir el bono

La ayuda se abona en la misma cuenta corriente en la que el beneficiario tenga domiciliada la factura eléctrica. La cuantía depende de dos factores: el grado de vulnerabilidad del beneficiario y la zona climática donde esté su vivienda. Existen 6 zonas distintas: alfa, A, B, C, D y E. Los importes en la zona alfa son menores y la zona E más elevadas. A modo de ejemplo, Santa Cruz de Tenerife es zona alfa; Cádiz pertenece a la zona A; Cartagena y Ceuta a la B; Barcelona, Bilbao y Vigo son zona climática C; Madrid, Zaragoza y Lugo se engloban en la D; y Molina de Aragón (Guadalajara) es zona E.

Un radiador junto a unos abrigos / PEXELS
Un radiador junto a unos abrigos / PEXELS

Son beneficiarios del Bono Social Térmico, sin necesidad de realizar ningún trámite, los beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, así como aquellos que antes de dicha fecha hubiesen presentado la solicitud completa y si finalmente se resolvió favorablemente, según describe el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en su web.

Las comunidades gestionan la ayuda

Antes del 15 de enero de cada año, los Comercializadores de Referencia remiten un listado de sus clientes que son beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior para determinar el importe de la ayuda y proceder a su pago.

A partir de esa información se calcula la distribución territorial del presupuesto disponible en el ejercicio para esta ayuda y se transfieren los importes a las comunidades autónomas, que son las encargadas finales de gestionar y abonar esta ayuda.

Qué es un consumidor vulnerable

Así, para ser beneficiario del Bono Social Térmico hay que serlo del Bono Social Eléctrico. En ese sentido, para ser beneficiario del Bono Social Eléctrico, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico señala que es necesario tener contratada la luz en el mercado regulado, es decir, con el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual.

Una mujer junto a un radiador / PEXELS
Una mujer junto a un radiador / PEXELS

Además, es necesario cumplir con las condiciones personales, familiares y de renta establecidos. Para ser considerado un consumidor vulnerable, la renta conjunta anual de la unidad de convivencia debe ser igual o inferior a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas (8.106,28 euros). También se considerará como tal a quienes posean el título de familia numerosa.

Pensionistas y beneficiarios del IMV

Otro caso es que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad de convivencia, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros. También se puede incluir en este grupo cuando la persona o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del ingreso mínimo vital.

Asimismo, hay que prestar atención a otras situaciones, como aquellas personas que hayan sido víctimas de violencia de género o unidades de convivencia en las que solo haya un progenitor y, al menos un menor, dado que las cuantías del IPREM que dan acceso al bono varían. En esa línea, la consideración de consumidor vulnerable severo también atiende a criterios ligados al IPREM. Además, se denominará consumidor en riesgo de exclusión social al que reúna los requisitos para ser vulnerable severo y que sea atendido por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50 % del importe de su factura.

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