Denuncian a esta empresa de alquiler de coches por pedir fianzas de 4.000 euros
Los clientes que no presentan una tarjeta de embarque pueden tener que depositar entre 2.000 y 4.000 euros para alquilar un vehículo en oficinas situadas en aeropuertos
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La empresa de alquiler de coches Click Rent ha sido denunciada ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por las condiciones que aplica a sus clientes en las oficinas ubicadas en aeropuertos. En concreto, la compañía exige requisitos económicos distintos en función de si el usuario presenta o no una tarjeta de embarque asociada a un vuelo.
Esta diferencia puede traducirse en la obligación de depositar una fianza de entre 2.000 y 4.000 euros para quienes no viajan en avión, una cantidad muy superior a la exigida al resto de clientes para acceder al mismo servicio. La denuncia solicita que se investigue si esta práctica vulnera la normativa de protección de los consumidores.
Diferencias en función de si el cliente viaja en avión
La denuncia ha sido presentada por Facua, que señala que las condiciones generales de contratación de Click Rent establecen que las oficinas situadas en aeropuertos requieren un número de vuelo válido para formalizar la recogida del vehículo.
No obstante, la empresa también permite alquilar un coche a residentes o a clientes que no disponen de un vuelo asociado. En estos casos, la operación queda condicionada al depósito de una fianza considerablemente más elevada.
Fianzas de hasta 4.000 euros
Según explica la organización de consumidores, los clientes que presentan una tarjeta de embarque pueden contratar el servicio en condiciones ordinarias. Sin embargo, quienes no acreditan un vuelo asociado pueden verse obligados a pagar depósitos de garantía de entre 2.000 y 4.000 euros, dependiendo de la categoría del vehículo alquilado.
A juicio de Facua, esta política supone la aplicación de condiciones económicas "claramente más gravosas" para determinados consumidores únicamente por no disponer de una tarjeta de embarque vinculada a su reserva.
La asociación cuestiona la legalidad de esta práctica
Facua sostiene que no existe una justificación objetiva, proporcionada y transparente que legitime la diferencia en la cuantía de la fianza exclusivamente en función de la presentación de una tarjeta de embarque, lo que, a su juicio, provoca un perjuicio económico para estos usuarios.
Cabe recordar que el artículo 85 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera abusivas las cláusulas que permitan modificar el precio pactado sin razones objetivas o que otorguen al empresario la facultad de incrementar el coste final sin reconocer al consumidor el derecho a resolver el contrato.
Solicitan una investigación y posibles sanciones
Además, el artículo 87 de la misma norma, califica como abusivas las cláusulas que determinen una falta de reciprocidad en el contrato o impongan obstáculos onerosos o desproporcionados para el ejercicio de los derechos de los consumidores.
Por todo ello, la asociación reclama que el Ministerio investigue si las condiciones aplicadas por Click Rent en sus oficinas de aeropuerto incumplen la normativa de protección de los consumidores y, en caso de confirmarse las irregularidades, solicita la apertura de un expediente sancionador contra la empresa.


