Los cambios tras la subida del SMI: “El alivio llega en la declaración de la renta, no en la nómina”

Salvador Fernández, director de Declaraciones y Legal de PayFit, analiza con precisión quirúrgica los entresijos de este nuevo marco tributario

Salvador Fernández, director de Declaraciones y Legal de PayFit, habla sobre los cambios tras la subida del SMI / CG
Salvador Fernández, director de Declaraciones y Legal de PayFit, habla sobre los cambios tras la subida del SMI / CG

En el soporífero lenguaje de la política fiscal, donde las cifras se deslizan entre tecnicismos y cláusulas como si fueran inocuas, a veces se cuela una decisión que sacude el día a día de millones de personas. Es lo que ha ocurrido con el último reajuste del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España.

El pasado febrero, el Gobierno anunció una nueva subida del SMI, elevándolo a 16.576 euros anuales. Esta decisión, inicialmente celebrada como un avance hacia la dignificación del empleo, desencadenó una inesperada controversia fiscal. Por primera vez, el salario mínimo dejaba de estar íntegramente exento del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). 

Una contradicción corregida

“Lo primero que hay que explicar es que el límite exento de tributación del IRPF se mantiene en los 15.876 euros. Eso quiere decir que todos los ingresos por debajo de esa cifra no tributan en nómina ni en la declaración de la renta”, apunta Salvador Fernández, director de Declaraciones y Legal de PayFit. El problema, explica, es que el nuevo SMI se sitúa en 16.576 euros, lo que implica que, por primera vez, una parte del salario mínimo (esos 600 euros de diferencia) pasaba a estar sujeta a retención de IRPF.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, junto con los líderes sindicales Unai Sordo (CCOO) y Pepe Álvarez (UGT) tras la subida del SMI / Sergio Pérez - EFE
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, junto con los líderes sindicales Unai Sordo (CCOO) y Pepe Álvarez (UGT) tras la subida del SMI / Sergio Pérez - EFE

Por ello, esta novedad generó una disonancia insólita: el SMI, históricamente exento de tributación, se convertía en parcialmente tributable. “La Agencia Tributaria estimó que de esos 600 euros de subida, aproximadamente 300 euros serían retenidos a lo largo del año en concepto de IRPF”, explica Fernández. “Eso convierte la subida en una mejora neta de sólo 300 euros. Y ahí empieza toda la polémica”, añade.

¿Por qué una deducción en lugar de subir el mínimo exento?

En reacción a esta incongruencia entre política social y fiscalidad, los Ministerios de Hacienda y Trabajo alcanzaron un acuerdo. “No se aumentará el mínimo exento –subraya el directivo de PayFit–, sino que se aplicará una deducción específica en la declaración de la renta para los trabajadores que cobren el SMI y hayan sido objeto de retención.”

Pero, ¿por qué no subir el límite exento hasta igualarlo con el SMI? La respuesta, como casi todo, está en el coste. “Si se aumentase ese mínimo exento a 16.576 euros, el Estado dejaría de ingresar entre 1.700 y 2.000 millones de euros anuales. La deducción, sin embargo, costará unos 200 millones, porque solo se aplica a los trabajadores que realmente hayan cobrado el SMI como rendimiento del trabajo”.

¿Qué significa esto para el trabajador?

Desde un punto de vista práctico, el trabajador que percibe el SMI completo (sin hijos, sin discapacidad ni otras deducciones) seguirá viendo en su nómina una retención proporcional a ese exceso de 600 euros. “Es decir, si su incremento salarial mensual, por ejemplo, fue de 50 euros, recibirá realmente unos 25 euros más cada mes, y recuperará los otros 25 al presentar la declaración de la renta en 2026”, simplifica Fernández.

No se trata, pues, de un ahorro mensual visible, sino de un ajuste fiscal diferido. Como destaca el director de Declaraciones y Legal de PayFit, “el alivio llegará en la declaración de la renta, no en la nómina. Esta deducción obliga a todos los trabajadores a presentar su IRPF para poder recuperar el importe retenido, aunque hasta ahora no lo hicieran por estar exentos.”

El impacto en la nómina y la declaración

“Las nóminas no cambiarán. La retención seguirá aplicándose mes a mes, porque el límite exento no se ha modificado”, afirma Fernández. Esto significa que los trabajadores afectados verán una merma mensual, como si realmente estuvieran tributando. Pero esa cantidad les será devuelta al presentar su declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025, en la campaña de 2026.

El efecto práctico, entonces, no será inmediato.“Es una devolución diferida. Esto ha generado críticas por parte de sindicatos, que argumentan que obliga a todos los trabajadores con SMI a presentar la declaración de la renta si quieren recuperar su dinero. Aquellos que no lo hagan, por olvido o desinformación, lo pierden”, apunta el experto. 

El ‘punto blanco’ con los impuestos autonómicos

Otro punto de tensión ha sido el reparto de competencias tributarias. El IRPF es un impuesto compartido entre el Estado y las comunidades autónomas. El acuerdo solo afecta, en principio, a la parte estatal del impuesto. Algunas asociaciones de fiscalistas advirtieron que si las comunidades no replican esta deducción, el contribuyente seguirá pagando por la parte autonómica.

Una persona cumplimenta la declaración de la Renta / EP - EDUARDO PARRA
Una persona cumplimenta la declaración de la Renta / EP - EDUARDO PARRA

“Tras identificar este punto blanco, el Gobierno señala que su intención es que esta medida afecte a todas las cuotas autonómicas de forma generalizada. Pero algunas comunidades ya han expresado su deseo de aumentar la parte exenta de la deducción, lo que les permitiría aplicar modificaciones propias”, comenta el experto. Por su parte, el Ejecutivo ha anunciado que se coordinará con las autonomías para evitar esta disonancia y que la deducción sea aplicable en ambas escalas, aunque, como recuerda Fernández, “esto aún no está publicado en el BOE, y habrá que ver cómo se implementa en la práctica”.

Una medida con fecha de caducidad

“Es muy importante entender que esta no es una medida estructural, sino una excepción para el año fiscal 2025”, subraya el director de Declaraciones y Legal de PayFit. “En 2026, si el SMI continúa por encima del mínimo exento y no se renueva la deducción, los trabajadores volverán a tributar por esa parte de su salario”, resalta.

Esto añade una dosis de inestabilidad e incertidumbre al panorama laboral, pues obliga a renegociar, año tras año, una solución que, a ojos de muchos, debería ser estructural. “O se armoniza el SMI con el mínimo exento, o se perpetúa este tipo de soluciones provisionales que, a largo plazo, no dan seguridad ni a empleados ni a empleadores”, advierte Fernández.

¿Un desincentivo al ascenso salarial?

Una de las inquietudes recurrentes –especialmente entre representantes sindicales– es la posibilidad de que esta fórmula de deducción acabe generando efectos indeseados, como que algunos trabajadores, al percibir que podrían perder parte de su renta disponible, se resistan a aceptar incrementos salariales si estos los colocan fuera del umbral protegido. 

“Es un miedo infundado. La progresividad del IRPF garantiza que siempre saldrás ganando. Puede que parte de la subida se la quede Hacienda, pero nunca toda”, arguye tajante Salvador Fernández.