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Cómo denunciar un maltrato animal

Puede tratarse de golpes físicos o de abandono, y es posible recurrir a la vía penal o a la administrativa

Un perro que ha sufrido maltrato animal / FREEPIK -@frimufilms
Un perro que ha sufrido maltrato animal / FREEPIK -@frimufilms

En el año 2021, el número de infracciones de maltrato animal en España se disparó hasta las 1.492, y en 2022 siguió subiendo hasta las 1.517. Así lo recoge Animal’s Health. Para evitarlo, lo idóneo es denunciar a tiempo. Tal y como explica la Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos (CoPPA), cualquier actuación u omisión que suponga un menoscabo a un animal puede ser susceptible de denuncia.

En maltrato animal puede ser físico (por ejemplo, golpes) o psicológico, además de activo o pasivo (por ejemplo, cuando se deja a una mascota en el balcón durante largas horas).

Comunidades y Ayuntamientos

Por otra parte, conviene prestar atención a las leyes de cada comunidad o Ayuntamiento, ya que las Ordenanzas Municipales regulan la tenencia de los animales y pueden establecer estándares mínimos de bienestar animal.

Por ejemplo, en Barcelona está prohibido el uso de collares de pinchos o de ahogo, mientras que en otras ciudades no. Así, en la Ciudad Condal esto sería denunciable.

Vía penal para denunciar el maltrato

Uno de los casos que más se denuncian es el abandono de animales. En este caso, se puede denunciar por dos ámbitos: administrativo y Penal. Optar por uno u otro dependerá del caso y de la urgencia. Si es una situación de maltrato que se está produciendo en un momento concreto, lo ideal, según CoPPA, es avisar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, y después decidir cómo actuar. La vía penal se puede iniciar de dos formas: de oficio o a través de denuncia.

Un dueño con su mascota / UNSPLASH
Un dueño con su mascota / UNSPLASH

En la primera opción, son los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad los que levantan el acta, o los que, investigando unos hechos, observan indicios o pruebas de la posible comisión de otro delito. En cambio, la denuncia puede ser de particulares o de asociaciones. Dichas denuncias pueden presentarse en comisaría (un agente recoge por escrito un testimonio verbal y después lo envía al Juzgado de Guardia), o bien en el propio Juzgado de Guardia (es el denunciante el que la presentará escrita, y debe llevar dos copias).

Vía administrativa

En cuanto a la vía administrativa, también se puede iniciar de oficio o por la voluntad de cada persona. En este segundo caso, debe ser por escrito ante la Administración competente. Independientemente del tipo de denuncia, es importante facilitar tanta información como sea posible, incluyendo datos personales (o de la asociación), vías de contacto y descripción detallada de los hechos, con el lugar, la fecha y la hora.

Además, se debe tratar de identificar a la persona denunciada. Si el denunciante desconoce quién es, debe dar todos los datos que sea posible para que las autoridades puedan localizarlo, como dónde vive o sus rasgos físicos. También se debe identificar al animal que sufría el maltrato, describiendo, a poder ser, su tipo y tamaño.

Pruebas para denunciar el maltrato

Otro aspecto relevante consiste en presentar pruebas. Pueden ser testigos de los hechos (deben citarse con nombres y apellidos, dirección y teléfono, solicitando que sean citados), pruebas gráficas como fotografías o capturas de pantalla en las que conste la fecha de los hechos o informes veterinarios donde quede claro el maltrato.

Dos perros disfrutando al aire libre / PEXELS
Dos perros disfrutando al aire libre / PEXELS

Al presentar una denuncia, el denunciante se debe identificar. No existe la posibilidad, recuerda CoPPA, de presentar una denuncia personal de forma anónima. En caso de querer mantener el anonimato, una opción sería contactar con asociaciones o entidades y facilitar toda la información necesaria para que, si lo consideran oportuno, sean estas asociaciones o entidades las que presenten la denuncia.

Obligación de denunciar los hechos

Todos los ciudadanos tienen la obligación de denunciar hechos delictivos como el maltrato, el abandono y el abuso sexual de animales. En el caso de encontrar un animal que se encuentra en riesgo de muerte o su la agresión se está produciendo en ese mismo momento, hay varios teléfonos a los que se puede llamar.

Por ejemplo, se puede llamar al teléfono de emergencias 112, donde redirigirán a la policía competente más cercana (local o autonómica); o al Seprona (062), en los casos en los que en la zona esté desplegada la Guardia Civil.

Asistencia letrada

Si el denunciante no puede permitirse asistencia letrada, puede presentar las pruebas que haya obtenido y la identidad de testigos ante la policía actuante, el Juzgado de Guardia de su partido judicial o la Fiscalía de Medio Ambiente.

Agente de la Policía Nacional en imagen de archivo / EP
Agente de la Policía Nacional en imagen de archivo / EP

En el caso de que los hechos sean constitutivos de infracción administrativa por no alcanzar los requisitos para la vía penal, la denuncia deberá interponerse ante la Policía Local o el Ayuntamiento competente, y según el caso, ante la Administración Autonómica. Siempre será recomendable que la determinación de uno u otro cauce sea analizada por un letrado.

Internet y Redes Sociales

En ocasiones, el usuario recibe noticias, vídeos, fotografías o similares, de hechos que podrían ser constitutivos de delitos de maltrato o abandono de animales. En estos casos conviene ser muy prudentes, ya que pueden ser datos falsos.

Además, CoPPA recomienda no compartir este tipo de hechos en las redes sociales sin contrastarlos. En vez de eso, conviene indagar y denunciar el contenido en la red social en el que esté publicado. Además, se pueden recopilar pruebas (link, captura de pantalla, fotografías, certificación online, etc.) y denunciar los hechos o informar a Seprona a través del correo seprona@guardiacivil.org.

Teléfonos específicos de emergencias

Asimismo, el 112 es el teléfono de Emergencias, y deriva a la policía local o autonómica competente. El 091 es el de la web denuncias de la Policía Nacional. El 092 es el de urgencias de la Policía Local. El 935 617 000 es el de Cuerpo de Agentes Rurales (Cataluña). El 012 es el de la Ertzaintza (Euskadi), el 848 426 853 el de la Policía Foral de Navarra y el 957 745 109 el de la Unidad de Policía de Andalucía.

Por otra parte, para obtener asesoramiento o referencias, el usuario puede contactar con entidades que cuentan con abogados, como AADA (Abogacía Andaluza por la Defensa Animal), APDA (Asociación de Policías por la Defensa Animal) o ANAA -Asociación Nacional Amigos de los Animales.

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