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Estas son las sanciones de la nueva ley de bienestar animal por infracciones con las mascotas

Las multas, clasificadas en tres tipos en función del daño que provoque la transgresión, van desde los 500 hasta los 200.000 euros

Un perro en el balcón, lo que podría ser sancionado con la nueva ley de bienestar animal / PEXELS
Un perro en el balcón, lo que podría ser sancionado con la nueva ley de bienestar animal / PEXELS

El proyecto de ley de bienestar animal aprobado en el pleno del Senado exigirá una batería de obligaciones para tener mascotas, y también endurecerá las sanciones.

En primer lugar, es necesario señalar que constituyen infracciones administrativas en materia de protección y derecho de los animales las acciones u omisiones contrarias a lo establecido en esta ley, con la clasificación de leves, graves y muy graves. La imposición de cualquier sanción no excluye la responsabilidad civil de la persona o entidad sancionada. La responsabilidad civil derivada de una infracción será siempre solidaria entre todos los causantes del daño.

Infracción leve

Se considerará infracción leve toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal.

En cuanto a las multas, las leves se sancionarán con apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros.

Dos gatos / PEXELS
Dos gatos / PEXELS

Infracciones graves

Las de carácter grave se corresponderán con toda conducta que por acción u omisión y derivada del incumplimiento de las obligaciones o de la realización de conductas prohibidas impliquen daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas permanentes graves, siempre que no sea constitutivo de delito.

Para estos casos de infracciones graves, la normativa contempla sanciones que pueden ir desde los 10.001 hasta los 50.000 euros.

Casos concretos de infracciones graves

No cumplir las obligaciones de identificación del animal; el uso de métodos agresivos o violentos en la educación del animal; la administración de sustancias que les perjudiquen o alteren su comportamiento, a menos que sean prescritas por veterinarios y con un fin terapéutico; o bien practicar al animal mutilaciones o modificaciones corporales no autorizadas.

Una mascota junto a su dueño en el veterinario / PIXABAY
Una mascota junto a su dueño en el veterinario / PIXABAY

Asimismo, utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción; hacer uso de ello como reclamo publicitario sin autorización; criar animales silvestres alóctonos, así como comerciar con ellos, excepto en los casos previstos en esta ley; el envío de animales vivos excepto en los casos previstos en esta ley; la retirada, reubicación o desplazamiento de gatos comunitarios en situaciones distintas a las permitidas en normativa.

El abandono o el robo de un animal también se considerarán graves

También se considerarán infracciones graves el abandono de uno o más animales; no recoger el animal de las residencias u otros establecimientos similares en los que haya sido recogido por pérdida y el abandono del animal en condiciones de riesgo; el robo, hurto o apropiación indebida de un animal; no denunciar la pérdida o sustracción del animal o no recogerlo de los centros veterinarios, las residencias u otros establecimientos en los que hubieran sido depositado previamente.

Además, alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios; mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos y la comisión de más de una infracción leve en el plazo de tres años cuando así haya sido declarado en resolución administrativa firme.

Un perro en un balcón / PEXELS
Un perro en un balcón / PEXELS

Infracciones muy graves

Se considerarán muy graves toda una amplia batería de infracciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito, así como el sacrificio de animales no autorizado, entre otros supuestos.

En estos casos, el valor de las multas oscilará entre los 50.001 y los 200.000 euros.

Casos concretos de infracciones muy graves

La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado; el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas; el uso de animales de compañía para consumo humano; matar gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley; la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.

El uso de animales en actividades prohibidas, en particular culturales y festivas, en atracciones mecánicas, carruseles de feria, así como el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses; el uso de la selección genética de animales de compañía que dañe su salud; la comisión de más de una infracción grave en el plazo de tres años, cuando así haya sido declarado por resolución administrativa firme.

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