Iryo por fin facilita un teléfono gratuito de atención al cliente

El número sigue vigente para ‘Cambios y anulaciones’, y el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 no se ha manifestado

Tren de Iryo / IRYO - EP
Tren de Iryo / IRYO - EP

La empresa ferroviaria Iryo ha enmendado su error y ya ofrece en su página web un número de atención al cliente gratuito. La compañía ha implementado esta medida tras una denuncia de Facua-Consumidores en Acción, que en noviembre de 2024 detectó que no cumplía la legislación vigente al ofrecer en únicamente el teléfono 910 150 000 para atender a los usuarios.

Este número tenía un prefijo geográfico de Madrid, cuya llamada puede generar un coste para el consumidor. Además, Facua denunció entonces los hechos ante la Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Nuevos teléfonos de atención al cliente de Iryo

Iryo (que, si bien no tiene la popularidad de Ouigo o Renfe, es una empresa importante en la que confían millones de viajeros) ha actualizado la información de su página web y ya ofrece, en el apartado Contacta con nosotros, el teléfono gratuito 900 926 851 para ’Atención al cliente’.

Apartado de la web / IRYO
Apartado de la web / IRYO

No obstante, mantiene el 910 150 000 para ’Cambios y anulaciones’ y ha habilitado el 910 150 093 para 'Reclamaciones' y el 910 150 097 para 'Agencias de viajes'. Hasta la fecha, y pese a haberle requerido información sobre el estado de la denuncia hasta en dos ocasiones, el ministerio que dirige Pablo Bustinduy no ha dado ninguna respuesta a la asociación.

Qué dice la ley

El artículo 21 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que "en los supuestos de servicios de carácter básico de interés general, las empresas prestadoras de los mismos deberán disponer, en cualquier caso, de un teléfono de atención al consumidor gratuito”.

Los servicios de transporte ferroviario figuran se incluyen en la categoría de servicios de carácter básico de interés general. Además, el artículo 47 de esta misma norma determina que son infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios "el incumplimiento de las obligaciones en relación con los servicios de atención al cliente".