Cuánto y cómo deberían pagarte las comercializadoras de luz para compensarte por el apagón

Facua denuncia a cinco grandes comercializadoras por no pagar las compensaciones tras el fundido a negro de abril de 2025 y pide a la CNMC que mueva ficha

Varios trabajadores del Centro de Coordinación de Emergencias en la sede del 112 durante el apagón / EUROPA PRESS - ROCÍO RUZ
Varios trabajadores del Centro de Coordinación de Emergencias en la sede del 112 durante el apagón / EUROPA PRESS - ROCÍO RUZ

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El gran apagón del 28 de abril de 2025 sigue siendo un asunto espinoso lleno de claroscuros. A pesar de la magnitud de la crisis, la asunción de responsabilidades ha quedado un tanto diluida, y se ha parecido más a una batalla de informes que a una rendición de cuentas. Hasta la fecha, no se han producido dimisiones de alto nivel en el Gobierno ni en la cúpula de Red Eléctrica (REE).

El Gobierno y REE han argumentado que el apagón fue un evento técnico-sistémico y multicausal, no un error humano directo. Sostienen que fue una combinación fatal de oscilaciones en la red, falta de control de voltaje y la alta penetración de renovables en un momento de baja demanda. No obstante, existen grabaciones de enero de 2025 que prueban que los problemas del sistema ya preocupaban a los técnicos en enero de 2025.

Qué han hecho las comercializadoras

Ahora, Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a cinco distribuidoras por no haber aplicado descuentos en la facturación de sus clientes por el apagón.

La presidenta del Redeia, Beatriz Corredor, comparece ante la Comisión de Investigación sobre el apa
La presidenta del Redeia, Beatriz Corredor, comparece ante la Comisión de Investigación sobre el apagón / EUROPA PRESS - MATIAS CHIOFALO

En concreto, las empresas en la diana son Viesgo Distribución, e-Distribución, E-redes, UFD Naturgy e i-DE Iberdrola.

Quién asume la falta de calidad tras el apagón

A juicio de la organización, cuando se producen interrupciones del suministro que exceden los umbrales de calidad establecidos, tal y como ocurrió el 28 de abril de 2025, las empresas distribuidoras son las que deben asumir las consecuencias frente a los consumidores. De ese modo, la ley contempla una compensación que las compañías citadas no han efectuado.

Para calcular el importe de la indemnización hay que tener en cuenta numerosos factores, como la potencia contratada, la duración del corte de suministro, la ubicación de la vivienda o el tipo de contrato.

Cómo se realiza el cálculo

A continuación, para realizar el cálculo, se multiplica el número de kilovatios de potencia contratada por 5 veces el precio medio anual del kilovatio hora de energía consumida. El resultado de esta operación se multiplica por una cifra vinculada al número de horas que duró el apagón. 

Una mujer revisa unas facturas / PEXELS
Una mujer revisa unas facturas / PEXELS

Finalmente, la cifra se obtiene restando 5 a ese número de horas si la vivienda está en zona urbana, 9 si está en zona semiurbana, 14 en zona rural concentrada y 19 en zona rural dispersa. En el caso tomado como referencia por Facua, la operación arroja un resultado de 22,96 euros. Sumados los impuestos vigentes en la actualidad (10,55% de IVA e impuesto especial sobre la electricidad), el importe a devolver para ese perfil de usuario sería de 25,38 euros.

Cuándo se dan las compensaciones

En cualquier caso, es la distribuidora la que debería calcular a cada consumidor la cuantía exacta de la compensación. Además, debería haber aplicado dichas compensaciones durante el primer trimestre de 2026.

Así las cosas, Facua ha pedido a la CNMC que abra expedientes sancionadores a Viesgo Distribución, e-Distribución, E-redes, UFD Naturgy e i-DE "por vulnerar los derechos de los consumidores al no haberles aplicado compensaciones en sus facturas por las horas que estuvieron sin suministro eléctrico el 28 de abril de 2025, así como que les inste a aplicarlos, haciendo efectivos los derechos de los afectados".