Adiós al DNI permanente: cuándo se tiene que renovar según el nuevo reglamento de la Unión Europea
El objetivo de la UE es unificar los formatos y sistemas de seguridad de los documentos de identidad
La Unión Europea ha puesto fecha de caducidad a los Documentos Nacionales de Identidad (DNI) permanentes. Con la entrada en vigor del Reglamento 2019/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, España deberá adaptar su sistema de identificación a los estándares comunitarios, lo que obliga a renovar los DNI con validez indefinida antes del 3 de agosto de 2031.
Estos documentos, expedidos principalmente a personas mayores de 70 años o a ciudadanos con gran invalidez reconocida, se caracterizan por no tener fecha de caducidad. Sin embargo, el nuevo marco europeo busca unificar los formatos y sistemas de seguridad de los documentos de identidad dentro de la UE, por lo que todos los DNI permanentes dejarán de ser válidos dentro de seis años.
A quién afecta el cambio en el DNI permanente
La medida afecta exclusivamente a los DNI expedidos entre 1990 y 2006 que incluyan el apelativo 'permanente' en la fecha de validez. Estos documentos deberán ser sustituidos antes del 3 de agosto de 2031, ya que, a partir de esa fecha, dejarán de tener efecto legal.

Por su parte, los DNI emitidos a partir de 2006, que muestran la fecha ficticia "01-01-9999" en el apartado de validez, no necesitan renovarse. Su vigencia sigue siendo indefinida, ya que este formato ya se ajusta a las especificaciones comunitarias actuales.
Cuándo y cómo se puede renovar el DNI permanente
Desde el Ejecutivo han aclarado que los titulares de un DNI permanente podrán renovarlo de forma voluntaria antes de la fecha límite y sin necesidad de cita previa. El trámite podrá realizarse en las Unidades de Documentación para adaptarse al nuevo modelo que exige la Unión Europea.
Aunque desaparece la categoría de permanente, los nuevos documentos que se expidan a mayores de 70 años mantendrán una validez prolongada, superior a los diez años, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 255/2025, que regula los plazos de vigencia de los documentos de identidad.

Finalidad de la norma
El Reglamento 2019/1157 de la UE elimina la denominación permanente y establece el uso exclusivo de la fórmula "01-01-9999" como indicativo de validez indefinida. Esta modificación responde al objetivo de reforzar la seguridad y la homogeneidad de los documentos de identidad emitidos en todos los Estados miembros.
Entre las principales novedades se incluye la integración de datos biométricos, como la imagen facial y dos huellas dactilares, y un diseño común que permitirá a los ciudadanos europeos acceder de forma más sencilla a los servicios electrónicos y ejercer plenamente su derecho a la libre circulación dentro de la UE.

